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Documento BOE-B-2019-48548

Extracto de la Resolución de 28 de octubre de 2019 de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones previstas en el artículo 1 del Real Decreto 1387/2018, 19 de noviembre, por el que se extiende el ámbito de aplicación del Real Decreto-ley 2/2017, de 27 de enero.

Publicado en:
«BOE» núm. 273, de 13 de noviembre de 2019, páginas 62373 a 62374 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Política Territorial y Función Pública
Referencia:
BOE-B-2019-48548

TEXTO

BDNS(Identif.):480544

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios:

Serán beneficiarias las diputaciones provinciales, en cuyo término radican los municipios y núcleos de población determinados en el ámbito de aplicación de la convocatoria y señalados en el anexo del Real Decreto 1387/2018, de 19 de noviembre, sin perjuicio del carácter de interesados de estos últimos:

Andalucía

Provincia de Huelva: Punta Umbría, Cartaya.

Provincia de Málaga: Málaga.

Provincia de Cádiz: Puerto Real.

Comunidad Valenciana

Provincia de Valencia: Montesa.

Aragón

Provincia de Teruel: Aguilar de Alfambra, Manzanera, Camarena de la Sierra, Olba, San Agustín, Cascante del Río, Alcañiz, Aguatón, Argente, Caminreal, Monreal del Campo, Montalbán, Ojos Negros, Torrijo del Campo, Fuentes Claras, Crivillén, Torrelacárcel.

Segundo. Objeto:

Convocatoria de las subvenciones previstas en el artículo 1 del Real Decreto 1387/2018, de 19 de noviembre, por el que se extiende el ámbito de aplicación de las medidas previstas en el artículo 6 del Real Decreto-ley 2/2017, de 27 de enero, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños causados por los últimos temporales, y en los Acuerdos del Consejo de Ministros de 9 y 23 de diciembre de 2016, apartados tercero y cuarto respectivamente, a los daños sufridos en infraestructuras municipales hasta finales del mes de junio de 2017, financiando hasta el 50 por ciento del coste de la ejecución de las obras de reparación o restitución de: infraestructuras, equipamientos e instalaciones y servicios de titularidad municipal, incluidos en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y de la red viaria de las diputaciones provinciales.

Tercero. Solicitudes y plazo:

Un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este extracto en el BOE. El plazo concluirá en el mes de vencimiento, el mismo día numérico en el que se produzca la publicación.

Podrán presentar solicitudes las entidades beneficiarias, en los términos que indica el artículo 6.4 a) de la Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, así como aquellas otras entidades locales incluidas en el ámbito de aplicación.

Cuarto. Bases Reguladoras:

Orden HAP/196/2015, de 21 de enero, publicada en el B.O.E de 12 de febrero de 2015.

Quinto. Cuantía:

El importe máximo de las subvenciones es de 550.274,36 euros.

Madrid, 28 de octubre de 2019.- El Director General de Cooperación Autonómica y Local. P.D. Orden TFP/296/2019, José María Pérez Medina.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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