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Documento BOE-B-2019-49550

Resolución de la Autoridad Portuaria de Baleares por la que se aprueba el otorgamiento al Ayuntamiento de Maó de concesión administrativa para la ocupación de una parcela de dominio público portuario del Puerto de Maó con destino a canalizaciones subterráneas para el suministro de agua, electricidad y fibra óptica a la Isla del Rey.

Publicado en:
«BOE» núm. 277, de 18 de noviembre de 2019, páginas 63717 a 63717 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2019-49550

TEXTO

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en sesión celebrada en fecha 23 de octubre de 2019 y en virtud de las funciones que le otorga el apartado n) del art. 30.5 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por RDL 2/2011, aprobó la siguiente propuesta:

"Otorgar al Ayuntamiento de Maó la concesión demanial administrativa para la ocupación de una parcela de dominio público portuario del Puerto de Maó con destino a canalizaciones subterráneas para el suministro de agua, electricidad y fibra óptica a la Isla del Rey, de conformidad con el artículo 85 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por RDL 2/2011, de 5 de septiembre".

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, Recurso de Reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo para interponerlo es de un (1) mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, no pudiendo, en este caso, interponer Recurso Contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto el de Reposición.

De no utilizar el Recurso potestativo de Reposición, cabe interponer directamente Recurso Contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en el artículo anteriormente citado, y en los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación. Ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se estime pertinente.

Palma de Mallorca, 12 de noviembre de 2019.- El Presidente; la Secretaria, Joan Gual de Torrella Guasp y M.ª Antonia Ginard Moll.

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