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Documento BOE-B-2019-49709

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 19 de noviembre de 2019, páginas 63878 a 63878 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-49709

TEXTO

EDICTO

Doña Ana Isabel González Peinado, Letrada de la administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia,

Hago saber:

En el procedimiento seguido ante este Juzgado con el número 394/11 de la mercantil Agrícola Méndez, S.L., CIF B30525315, se ha dictado auto de conclusión de concurso de fecha 14 de noviembre de 2019, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Debo declarar y declaro finalizada la fase de liquidación y la conclusión y archivo del concurso de acreedores de Agrícola Méndez, S.L.

Se acuerda la extinción de la persona jurídica así como la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Públicos, a cuyo efecto expídase mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

Una vez firme esta resolución expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 LC.

Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes.

Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.

Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, de conformidad con el artículo 177.1 LC.

Lo acuerda y firma Javier Quintana Aranda, Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Murcia, doy fe.

Murcia, 14 de noviembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana Isabel González Peinado.

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