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Documento BOE-B-2019-49964

Extracto de la Resolución de 11 de noviembre de 2019, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, por la que se aprueba la convocatoria del año 2019, de tramitación anticipada, para la concesión de las acreditaciones y ayudas públicas de «Centros de Excelencia Severo Ochoa» y de «Unidades de Excelencia María de Maeztu», en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020.

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 20 de noviembre de 2019, páginas 64274 a 64275 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
Referencia:
BOE-B-2019-49964

TEXTO

BDNS(Identif.):482644

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Entidades beneficiarias.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas las entidades a las que pertenezcan los centros o las unidades definidos en el artículo 5, letras b) y c), de la resolución de convocatoria, que estén contenidas en los apartados a), b) f) y g) del artículo 3.1 de la orden de bases reguladoras, que tengan personalidad jurídica propia, estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o un establecimiento permanente en España, que dispongan de medios propios para realizar investigación y que estén necesariamente incluidas en la siguiente relación:

a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley de la Ciencia.

b) Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

c) Otros centros públicos de I+D no descritos en los párrafos anteriores y centros privados de I+D+i sin ánimo de lucro. Estos centros deberán tener definida la I+D+i como actividad principal en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social, realizar directamente y con medios propios actividades de I+D y generar, a través de la investigación, conocimientos científico-técnicos de alto impacto y relevancia.

Los beneficiarios deberán cumplir, igualmente, los demás requisitos establecidos en la resolución de convocatoria.

Segundo. Objeto.

La convocatoria tiene por finalidad el fortalecimiento institucional y la potenciación de la proyección internacional de los centros y unidades de investigación que destaquen por la relevancia e impacto de sus resultados a nivel mundial.

La definición y requisitos de los centros y unidades se detallan en el artículo 5, letras b) y c) y en el artículo 7 de la resolución de convocatoria.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden CNU/320/2019, de 13 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas en el marco del Programa Estatal de Generación de Conocimiento y Fortalecimiento Científico y Tecnológico del Sistema de I+D+i y en el marco del Programa Estatal de I+D +i Orientada a los Retos de la Sociedad, del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020, destinadas a organismos de investigación y de difusión de conocimientos.

Cuarto. Cuantía.

La cuantía máxima destinada a financiar estas ayudas será de 52.000.000 euros, con cargo al presupuesto de gastos de la Agencia Estatal de Investigación para el año 2021 y equivalentes de ejercicios posteriores. Dicha cuantía tiene carácter estimado, por lo que la concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.

La cuantía individual de cada ayuda será de 4.000.000 euros en el caso de los «Centros de Excelencia Severo Ochoa» y de 2.000.000 euros en el caso de las «Unidades de Excelencia María de Maeztu».

Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes de ayuda serán presentadas de conformidad con el procedimiento que se describe en los artículos 13 y 14 de la resolución de la convocatoria, a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.

Habrá un único plazo de presentación de solicitudes y será desde el 21 de noviembre de 2019 hasta el 18 de diciembre de 2019 a las 14:00 horas (hora peninsular española).

Sexto. Criterios de evaluación de las solicitudes.

Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios:

1. Memoria de actividades científicas.

2. Programa/plan estratégico de investigación.

La descripción de los criterios y subcriterios de evaluación, así como su valoración y umbrales se determinan en el Anexo I de la resolución de convocatoria.

Madrid, 11 de noviembre de 2019.- Presidenta de la Agencia Estatal de Investigación, Ángeles Heras Caballero.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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