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Documento BOE-B-2019-50141

COSLADA

Publicado en:
«BOE» núm. 281, de 22 de noviembre de 2019, páginas 64508 a 64508 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2019-50141

TEXTO

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1,

Anuncia:

Que en el procedimiento de Quiebra nº 270/2001 de la entidad OTAYSA, S.A., se ha dictado la siguiente resolución:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN

El Letrado de la Administración de Justicia que la dicta: Don Luis Miguel Nieto García.

Fecha: 5 de noviembre de 2019.

El anterior escrito presentado por los Síndicos designados en el presente procedimiento aportando las copias solicitadas, únase a los autos de su razón; se tiene por cumplimentado el requerimiento efectuado en virtud de diligencia de ordenación de fecha 11 de octubre de 2019.

El anterior escrito presentado por la Procuradora en nombre y representación de OTAYSA TURISMO, S.A., junto copia del poder que acompaña, únase a los autos; se tiene por personada a dicha Procuradora con quien se entenderá la presente y sucesivas diligencias.

Visto el escrito de fecha 3 de julio presentado por los Síndicos designados en el presente expediente de quiebra, se tienen por hechas las manifestaciones en él contenidas a los efectos legales oportunos y por presentada PROPUESTA DE PAGOS a prorrata de los créditos privilegiados.

Notifíquese la presente resolución dando traslado de la propuesta de pagos contenida en el anterior escrito a las partes personadas, publicándose además en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOE; todo ello para que sirva de notificación a los acreedores personados y a cualquier persona con interés legítimo en el presente expediente para que puedan alegar lo que a su derecho convenga, en el plazo común de DIEZ DÍAS (a contar para los acreedores personados desde la notificación de la presente resolución y para los acreedores no personados desde la publicación en el BOE), quedando los autos a disposición en esta Secretaría.

Contra la resolución que se notifica cabe recurso de reposición ante el Letrado/a de la Administración de Justicia, mediante escrito presentado en el plazo de cinco días, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (art. 451 y 452 LEC).

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (art. 451.3 LEC).

Lo dispongo y firmo. Doy fe.

Coslada, 5 de noviembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Luis Miguel Nieto García.

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