Está Vd. en

Documento BOE-B-2019-50940

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental por el que se publica la Resolución del Ministerio de Fomento por la que se aprueba el expediente de Información Oficial y Pública del Proyecto de Construcción "Duplicación de la Carretera N-350. Acceso Sur al Puerto Bahía de Algeciras. Carreteras N-350, N-340 y A-7". Provincia de Cádiz. Clave 41-CA-4200.A.

Publicado en:
«BOE» núm. 283, de 25 de noviembre de 2019, páginas 65440 a 65442 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2019-50940

TEXTO

Con fecha 29 de octubre de 2019, el Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, por delegación del Ministro de Fomento (Orden FOM/1356/2016, de 20 de julio), ha emitido la siguiente Resolución:

"Con fecha 29 de octubre de 2019 la Dirección General de Carreteras ha propuesto la aprobación del expediente de Información Oficial y Pública del Proyecto de Construcción "Duplicación de la Carretera N-350. Acceso Sur al Puerto Bahía de Algeciras. Carreteras N-350, N-340 y A-7", aprobado provisionalmente mediante Resolución de 19 de febrero de 2019 (B.O.E. de 4 de marzo de 2019).

En base a dicha propuesta, y en uso de la competencia establecida en la Orden FOM/1644/2012, de 23 de julio, sobre delegación de competencias en el Ministerio de Fomento, modificada por Orden FOM/1356/2016, de 20 de julio (B.O.E. de 8 de agosto de 2016),

RESUELVO:

1. Declarar que el Expediente de Información Pública cumple con lo preceptuado en los artículos 32, 33, 34 y 35 del vigente Reglamento General de Carreteras aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre.

2. Aprobar el expediente de Información Oficial y Pública del Proyecto de Construcción "Duplicación de la Carretera N-350. Acceso Sur al Puerto Bahía de Algeciras. Carreteras N-350, N-340 y A-7", de clave 41-CA-4200.A.

3. Ordenar que el Proyecto de Construcción "Duplicación de la Carretera N-350. Acceso Sur al Puerto Bahía de Algeciras. Carreteras N-350, N-340 y A-7" que se presente para su aprobación definitiva sea completado de acuerdo con las siguientes prescripciones:

3.1. Se segregarán del Proyecto de Construcción las actuaciones correspondientes al Eje 28 y sus equipamientos, cuya realización se supeditará a una fase posterior una vez sea suscrito, en su caso, el convenio o acuerdo entre el Ayuntamiento de Algeciras y la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras sobre la ordenación del viario urbano y del espacio portuario, de manera que la ejecución de las obras correspondientes se lleve a cabo en coordinación con todos los intereses públicos implicados.

3.2. Se tendrán en cuenta las consideraciones expuestas por la Autoridad Portuaria Bahía de Algeciras (APBA) en su informe de 22 de abril de 2019, y en particular:

3.2.1. Se revisará y subsanará en el Anejo de Expropiaciones las observaciones realizadas sobre la afección al dominio público portuario.

3.2.2. Se analizará y se revisará la afección al marco de hormigón existente de la antigua canalización del arroyo del Saladillo por las cimentaciones proyectadas de la Estructura 7, en relación a los elementos de saneamiento definidos en el proyecto, definiendo las modificaciones necesarias para evitar o minimizar en lo posible dicha afección.

3.2.3. Se preverá el traslado del Centro de Transformación (CT) existente de Endesa Distribución a la parcela prevista a tal efecto en el planeamiento del espacio portuario, en coordinación con la APBA, incluyendo la valoración de estas actuaciones en los documentos del proyecto.

3.3. Se tendrán en cuenta los informes remitidos por el Ayuntamiento de Algeciras con fecha 17 de mayo de 2019, y en particular:

3.3.1. En relación al Informe de la Sección de Ingeniería Vial:

- Se revisará y subsanará los planos y el anejo de expropiaciones cambiando el texto de la leyenda "dominio público de carreteras", en el sentido que pide la alegación.

- Se tendrá en cuenta el contenido del informe en relación al sistema de drenaje, de manera que se garantice una correcta evacuación de las aguas de escorrentía.

- Se estudiará lo solicitado en la alegación en relación a los tránsitos peatonales en el Enlace de Varadero y al Enlace Pastores-Saladillo, atendiendo a razones de seguridad viaria.

- En el Enlace Getares-Cortijo Real se estudiará lo planteado en la alegación del ayuntamiento en lo referente al Eje 40, diseñándose las obras correspondientes si se confirma su necesidad.

- Se revisará el anejo de señalización, balizamiento y defensas con el fin de tener en cuenta las observaciones efectuadas en el informe en relación a la cartelería y la señalización vertical en los diferentes enlaces, sin perjuicio de lo indicado en la Auditoría de Seguridad Viaria realizada en fase de Proyecto de Construcción.

3.3.2. Se analizará técnica y económicamente la idoneidad de incorporar al proyecto las propuestas de la Sección de Alumbrado y de la Delegación de Parques y Jardines, siempre que se limiten a las zonas directamente afectadas por la ejecución de las obras, no impliquen mayores expropiaciones y se cumpla la Orden FOM/3317/2010, teniendo en cuenta el mantenimiento de la seguridad viaria y la Orden Circular 36/2015 sobre criterios a aplicar en la iluminación de carreteras.

3.3.3. Se tendrán en cuenta las consideraciones expuestas en el Informe de EMALGESA de 26 de abril de 2019, y en particular lo referente a analizar la necesidad de contemplar en el proyecto el traslado y reposición de la EBAR de Varadero.

3.4. En relación a las alegaciones presentadas por particulares:

3.4.1. Se estudiará la necesidad de definir un camino paralelo a la traza de la actuación para asegurar el acceso a las fincas con número de orden A-8, A-14, A-16, A-17, A-18 y A-19.

3.4.2. Se considerarán las alegaciones efectuadas relativas a la titularidad de las fincas afectadas, si se han demostrado fehacientemente las titularidades y éstas figuran inscritas en los registros oficiales, incluido el catastro, sin perjuicio de las verificaciones pertinentes en el momento de levantamiento de actas previas.

3.4.3. Se estudiará en el expediente expropiatorio el contenido de la alegación presentada por D. Juan Ramón Maza Palacios, de manera que se pueda limitar en lo posible los perjuicios provocados en su propiedad por la ocupación de las obras.

4. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental notifique la presente Resolución según lo dispuesto en los artículos 4 y 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

5. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el "Boletín Oficial del Estado".

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1.c y 114.2.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Ministro del Departamento, en el plazo de un (1) mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos (2) meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto."

Lo que se comunica para su general conocimiento.

Sevilla, 18 de noviembre de 2019.- El Jefe de la Demarcación, Pedro C. Rodríguez Armenteros.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid