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Documento BOE-B-2019-51056

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Publicado en:
«BOE» núm. 284, de 26 de noviembre de 2019, páginas 65559 a 65559 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2019-51056

TEXTO

Edicto

Don David Carralero Núñez, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 1, de Santa Cruz de Tenerife, por el presente,

Se hace saber:

Que en el procedimiento concursal número 0000408/2019, seguido en virtud de la declaración de concurso de don Francisco Javier Gutiérrez González, al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso, dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Numero de asunto: Concurso Consecutivo 408/2019, Sección M.

NIG: 3803842120190004699

Fecha del Auto de Declaración de Concurso 6 de septiembre de 2019.

Concursados: Don Francisco Javier Gutiérrez González DNI 42089092N y domicilio en la calle Quevedo, 74 Derecha - Santa Cruz de Tenerife.

Administradores concursales:

Se ha designado como administrador concursal a don Jesús Angel García Bañón, mediador concursal designado por el Notario doña Aranzazu Aznar Ondoño, en el expediente de acuerdo extrajudicial de pagos, seguido a instancias del deudor.

Dirección Postal: calle Villalba Hervás, número 12, 4.° derecha, 38002-Santa Cruz de Tenerife

teléfono 922- 151780 y Fax 922 57 42 99

Régimen de las facultades de los concursados: Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal antes señalada, a los efectos de la inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal, en el plazo de un mes, a contar desde la publicación.

La lista de acreedores, puede consultarse en la Oficina Judicial, sita en avenida 3 de mayo s/n, 3.ª planta, Santa Cruz de Tenerife.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento, deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (artículo 184.3) La personación se debe realizar en esta oficina judicial.

Santa Cruz de Tenerife, 20 de septiembre de 2019.- El Letrado de Administración de Justicia, David Carralero Núñez.

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