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Documento BOE-B-2019-51550

HUESCA

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 29 de noviembre de 2019, páginas 66207 a 66207 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-51550

TEXTO

Doña Paula Jarne Corral, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 3 y Mercantil de Huesca,

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1º.- Que en el Concursal - Sección 1ª (General) número 634/2019 NIG 2212541120190002917, por auto del día de la fecha se ha declarado en concurso al deudor Marta María Frago Arroyo, con DNI 73205706H y domicilio en Barbastro.

2º.- Se suspende el ejercicio de las funciones de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el Título III de la Ley Concursal.

3º.- Los acreedores deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación deberá presentarse directamente a la Administración concursal, en la forma prevista en el artículo 85.3 de la LC.

La Administración concursal está integrada por el abogado Sergio Atarés de Miguel, con domicilio en Coso Alto nº 21, 4º B de Huesca y dirección de correo electrónico satares@icahuesca.net

El plazo para esta comunicación es de un mes a contar desde la publicación en el BOE del presente edicto.

4º.- La misma resolución ha acordado abrir la fase quinta de liquidación. El concursado y los acreedores podrán formular alegaciones u observaciones al mismo en el plazo de quince días desde esta publicación, así como formular observaciones sobre la concurrencia de requisitos para acordar el beneficio de la exoneración de pasivo insatisfecho del concursado persona natural.

5º.- La misma resolución ha acordado abrir la fase sexta de calificación del concurso, dando un plazo de diez días para que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo se persone en la sección de calificación, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

6º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Huesca, 25 de noviembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Paula Jarne Corral.

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