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Documento BOE-B-2019-51735

SAGUNTO

Publicado en:
«BOE» núm. 288, de 30 de noviembre de 2019, páginas 66432 a 66432 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2019-51735

TEXTO

EDICTO

De conformidad con lo acordado en el procedimiento arriba indicado, por medio del presente se hace saber que en el procedimiento arriba indicado se ha dictado SENTENCIA cuyo texto literal de su encabezamiento y parte dispositiva dice lo siguiente:

AUTO 213/2019

Juez que lo dicta: Don Eduardo Estelles Arolas.

Procedimiento: Concurso Abreviado 338/2018.

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Sagunto.

Fecha: 4 de octubre de 2019.

PARTE DISPOSITIVA

1.- SE DECLARA CONCLUSO EL CONCURSO DE ACREEDORES de los deudores don Manuel Alcaide Andújar y doña Vanesa Martínez Sánchez, por insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa, cesando todos los efectos de la declaración del concurso.

2.- Una vez firme la presente resolución, procédase a la inscripción de la presente conclusión del concurso en el Registro Civil del deudor en los asientes correspondientes.

3.- Comuníquese la conclusión de concurso al Juzgado Decano de Sagunto a los efectos art. 50 y siguientes Ley Concursal.

4.- Sobre la solicitud del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, en resolución aparte, se acordará.

5.- Presente el mediador la correspondiente minuta, en el plazo de diez días, que será liquidada en el presente procedimiento.

Todos los despachos se entregarán al Procurador de la concursada, para su curso y gestión, de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal.

Notifíquese la presente resolución al deudor, con la advertencia de que no es firme, y que contra esta resolución cabe interponer RECURSO DE APELACIÓN en un plazo de veinte días en este Juzgado para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, plazo que se computará a los terceros legitimados a partir de su publicación en el BOE.

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma S.S.ª. Doy fe.

Firma del Magistrado-Juez. Firma del Letrado de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación en legal forma según lo acordado en el procedimiento arriba indicado, se extiende el presente

Sagunto, 14 de noviembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Laura Díaz González.

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