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Documento BOE-B-2019-51993

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 289, de 2 de diciembre de 2019, páginas 66723 a 66724 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-51993

TEXTO

EDICTO

Cristina Martínez García, Letrada de la Adminstración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),

Anuncia:

Que en el procedimiento Número 156/2019-L, se ha dictado Sentencia de Conclusión de Concurso, con fecha 17 de octubre de 2019, que es firme, y cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

"Fallo

Que desestimando la demanda incidental presentada por la entidad ALMACOGA, S.L., asistida por el Letrado señor Paz Lamela y representada por la Procuradora señora Moreno Vázquez, sobre oposición a la conclusión del concurso, contra la Administración Concursal (don José Canalejas Couceiro), siendo deudor en concurso don Juan José Gómez Rey; acuerdo:

1.- Se decreta la conclusión, por finalización de la fase de liquidación e insuficiencia de masa activa, del presente concurso de acreedores de Juan José Gómez Rey, con DNI 32784392P y domicilio en la calle San Roque de Afuera nº 9, 2º D de Coruña; con los efectos legales inherentes.

2.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

3.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración concursal y el cese de los Administradores concursales.

4.- Los deudores (persona natural) quedarán responsables del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme (178.2 Ley Concursal).

5.- Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la Administración concursal. Publíquese en el BOE y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.

6.- Únase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.

Sin expresa imposición de las costas procesales a ninguna de las partes.

La presente resolución no es firme y contra ella cabe RECURSO DE APELACIÓN a interponer directamente en este Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Coruña en el plazo de 20 DÍAS desde su notificación, previa la constitución de depósito por importe de 50 euros en la cuenta de consignaciones de este mismo Juzgado, domiciliada en la entidad Banco Santander.

Notifíquese a las partes.

Así lo acuerdo, mando y firmo, doña Salomé Martínez Bouzas, Magistrada del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de A Coruña.

LA MAGISTRADA"

Y para que sirva de notificación y su publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente Edicto.

La Coruña, 25 de noviembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Cristina Martínez García.

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