Edicto
Doña Cristina Martínez García, Letrada de la Admón. de Justicia del Xdo. Mercantil N.º 2 de A Coruña,
Hago saber:
Que en el procedimiento Concurso Voluntario Abreviado 178/2019 N Sección Primera de este Juzgado de lo Mercantil, se ha dictado auto de conclusión del concurso que es firme y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Parte Dispositiva
1.-Se decreta la conclusión, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, del presente concurso de acreedores de HATUEY URBAN, S.L., CIF B-70.007.141, domiciliada en calle Miguel Rodríguez Bautista, núm. 46, entreplanta, de Santa Eugenia de Ribeira, (A Coruña).Con los efectos legales inherentes.
2.-Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
3.-Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración concursal y el cese del Administrador concursal.
4.-Se acuerda la extinción de la sociedad HATUEY URBAN, S.L., Inscrita en el Registro Mercantil de Santiago de Compostela, Tomo 2.989, Folio 109, Hoja SC-36.460 y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
5.-Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursal. Publíquese en el BOE y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.
Modo de Impugnación. Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art 177 de la LC).
Así lo manda y firma S.S.ª D.ª María Salomé Martínez Bouzas, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil número dos de Coruña. Doy fe.
La Magistrada-Juez La Letrada de la Administración de Justicia.
Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado expido el presente edicto.
Coruña, 27 de noviembre de 2019.- Letrada de la Administracion de Justicia, Cristina Martínez García.
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