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Documento BOE-B-2019-54793

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 304, de 19 de diciembre de 2019, páginas 70767 a 70767 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-54793

TEXTO

Xavier García Bonet, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 2557/19 Sección: A.

NIG: 0801947120198026998.

Fecha del auto de declaración. 4 de diciembre de 2019.

Clase de concurso. Voluntario Consecutivo.

Entidad concursada. Tamar Méndez Carcelén, con NIF 47174647Z.

Administradores concursales. Se ha designado como Administrador concursal a Ana Rossell Garau.

Dirección postal: Bisbe Sivilla 50-52, 3º 3ª. 08022 Barcelona.

Dirección electrónica: anarossell@icab.cat

Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas.

Se tiene por presentado Plan de Liquidación o alegaciones sobre la imposibilidad de presentar Plan de Liquidación. En ambos casos se da traslado a los acreedores por el plazo de 10 días para formular alegaciones sin que sea preciso la apertura de la sección. 5ª.

Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe del art. 75 LC, al que se dará la publicidad prevista en el art. 95 LC. En tal sentido, la Administracion concursal comunicará telemáticamente el informe a los acreedores de cuya dirección electrónica se tenga conocimiento.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C)- Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https//www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 10 de diciembre de 2019.- Letrado de la Administración Concursal, Xavier García Bonet.

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