Está Vd. en

Documento BOE-B-2019-56562

Anuncio del Ayuntamiento de Bembibre (León) de exposición al público de la aprobación inicial del Proyecto de Actuación para la ejecución del Sector nº 10 Parras del PGOU de Bembibre, por el sistema de expropiación.

Publicado en:
«BOE» núm. 314, de 31 de diciembre de 2019, páginas 73190 a 73197 (8 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Administración Local
Referencia:
BOE-B-2019-56562

TEXTO

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Bembibre (León), en sesión celebrada el 4 de noviembre de 2019, adoptó el siguiente acuerdo:

"Expediente 1947/2019. Actuaciones Urbanísticas

Dada cuenta del expediente tramitado, donde constan los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Bembibre (León), en sesión celebrada el 31 de mayo de 2011, acordó la aprobación inicial del Proyecto de Actuación Sector nº 10 Parras Sector Suelo Urbanizable Delimitado Industrial Bembibre (León), por el Sistema de Expropiación Tasación Conjunta.

El instrumento de planeamiento urbanístico que daba base a la aprobación inicial del Proyecto de Actuación referido, que se encontraba en tramitación, era la Modificación Puntual del PGOU – Sector nº 10 Parras, la cual había sido aprobada inicialmente por el Pleno de la Corporación con fecha 7 de abril de 2008.

La superficie afectada inicialmente era de 190.925 metros cuadrados.

SEGUNDO.- El Pleno de la Corporación del Ayuntamiento de Bembibre (León), en sesión celebrada el 21 de octubre de 2019, ha procedido a la aprobación provisional de la Modificación Puntual del PGOU – Sector nº 10 Parras.

En el documento aprobado se han incluido las modificaciones que han sido necesarias como resultado de la información pública e informes sectoriales emitidos respecto al documento que había sido aprobado inicialmente. Entre dichas modificaciones, por indicaciones de la Confederación Hidrográfica Miño-Sil, se ha optado por reducir la superficie afectada a 115.407 metros cuadrados, dejando fuera de la Modificación Puntual la parte de los terrenos que, según el nuevo Plan Hidrológico, se encontraban en zona de flujo preferente con afecciones por inundabilidad.

TERCERO.- Debido a la reducción de superficie del sector, los técnicos han estimado conveniente redactar un nuevo Proyecto de Actuación limitado a la superficie finalmente incluida en la aprobación provisional de la Modificación Puntual del PGOU.

CUARTO.- De conformidad con lo determinado en el artículo 21.1.j) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local, corresponde a la Alcaldía la aprobación de los instrumentos de gestión urbanística.

No obstante, por Delegación de esta Alcaldía (Resolución nº 145/2019, de 25 de junio (BOP nº 125, de 4 de julio de 2019), el órgano competente para la aprobación resulta ser la Junta de Gobierno Local.

Es por ello que, una vez que se ha recibido en este ayuntamiento el nuevo Proyecto de Actuación, vistas las actuaciones que constan en el expediente y no siendo necesario la emisión de informe jurídico por Secretaría, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los cinco miembros que la forman, adopta los siguientes 

ACUERDOS

Primero: Revocar y dejar sin efecto los acuerdos de la Junta de Gobierno Local de fecha 31 de mayo de 2011, relativos a la aprobación inicial del Proyecto de Actuación Sector Nº 10 Parras Sector Suelo Urbanizable Delimitado Industrial Bembibre (León), por el sistema de expropiación y procedimiento de tasación conjunta, de fecha abril de 2011, redactado por el Arquitecto don Marco Antonio Menéndez Fernández.

Segundo: Aprobar inicialmente el "Proyecto de Actuación – Sistema de Expropiación - Sector nº 10 Parras - Sector Suelo Urbanizable Industrial - Bembibre (León)", de fecha febrero de 2019, redactado por el Ingeniero Técnico Agrícola, don Antonio Atanasio Fernández.

De conformidad con el artículo 89.1 de la Ley 5/1999, de 8 de abril de Urbanismo de Castilla y León, la potestad expropiatoria será ejercida por el Ayuntamiento de Bembibre, por las razones de urgencia, necesidad y dificultad que se expresan en la Memoria del Proyecto, optando por el procedimiento de tasación conjunta para la determinación del justiprecio de los bienes y derechos expropiados, según se establece en el artículo 89.4 de la Ley 5/1999, de 8 de abril de Urbanismo de Castilla y León y en el artículo 43 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana.

El proyecto incluye la identificación del urbanizador, que será el Ayuntamiento de Bembibre, la descripción de bienes y derechos afectados con expresión de los titulares que constan en el Catastro y en el Registro de la Propiedad, la fijación de precios y hojas de justiprecio, las determinaciones básicas sobre urbanización, el plazo para la ejecución de la actuación, que resulta ser de 4 años desde la aprobación definitiva, y el resto de documentación exigida por la legislación en materia expropiatoria.

Por todo ello, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 76.3 a) de la Ley 5/1999, de 8 de abril de Urbanismo de Castilla y León, se abrirá un periodo de información pública de un mes, insertando anuncios en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de Castilla y León y se notificará a los propietarios que constan en el Registro de la Propiedad y a los titulares que constan en el Catastro, uniéndose a esta notificación las correspondientes Hojas de Aprecio y los criterios de valoración que figuran en el proyecto, advirtiéndoles que, de acuerdo con lo establecido en el art. 89.3 de la Ley 5/1999, de 8 de abril de Urbanismo de Castilla y León y art. 279 de su Reglamento, los propietarios podrán constituirse en entidad urbanística colaboradora.

Asimismo, el Ayuntamiento solicitará del Registro de la Propiedad certificación de dominio y cargas de las fincas y la práctica de los asientos que correspondan.

Tercero: Estimar necesaria la ejecución de las obras contenidas en el "Proyecto de Actuación – Sistema de Expropiación - Sector nº 10 Parras - Sector Suelo Urbanizable Industrial - Bembibre (León)", declarando implícita la utilidad pública y la necesidad de ocupación de los bienes y derechos a expropiar, cuya relación concreta e individualizada y valorada figuran en dicho proyecto de actuación.

Cuarto: Aprobar la relación de bienes y derechos a expropiar afectado por las obras referidas que figura en el cuadro 01 del proyecto de actuación, dando traslado a los afectados para que en el plazo de veinte días, puedan alegar lo que estimen pertinente.

A los solos efectos de subsanación de errores en la descripción material o legal de los bienes, cualquier persona natural o jurídica podrá comparecer alegando cuantos antecedentes o referencias estime pertinentes.

Quinto: Aprobar inicialmente la delimitación de la unidad de actuación, según se describe en el apartado 7 de la Memoria General del Proyecto de Actuación, con una superficie total afectada de 115.407 metros cuadrados."

Por lo que, por medio del presente anuncio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, en los artículos 17 y siguientes de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, y en los concordantes de sus respectivos Reglamentos, se somete a información pública, en la Secretaría Municipal, el Proyecto de Actuación reseñado y la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos a expropiar, incluyéndose al efecto, como anexo nº 1 de este anuncio, el Cuadro 01 "Relación de bienes y derechos afectados y sus titulares" del Proyecto de Actuación (si bien, identificando a los interesados de la manera establecida en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales), significándose que:

a) En cuanto a la aprobación inicial del Proyecto de Actuación, se pueden formular alegaciones en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente a la publicación del último de los anuncios o al recibo de la notificación individual si ésta es posterior. Durante el periodo de información pública todas aquellas personas que puedan resultar interesadas, podrán formular las observaciones y reclamaciones que estimen convenientes, en particular en lo que concierne a titularidad o valoración de sus respectivos derechos.

b) En cuanto a la aprobación de la relación de bienes y derechos a expropiar, durante el plazo de VEINTE DÍAS, contados a partir del siguiente a la publicación del último de los anuncios o al recibo de la notificación individual si ésta es posterior, se pueden aportar cuantos datos permitan la rectificación de los posibles errores que se estimen cometidos en la relación publicada, u oponerse a la necesidad de la ocupación o disposición de los bienes o derechos por razones de forma o de fondo que se ha de fundamentar motivadamente. Durante el periodo de información pública, a los solos efectos de subsanación de errores en la descripción material o legal de los bienes, cualquier persona natural o jurídica podrá comparecer alegando cuantos antecedentes o referencias estime pertinentes.

También se advierte que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 89.3 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, los propietarios podrán constituirse en asociación con carácter de entidad urbanística colaboradora, si bien ello no afectará a sus derechos y obligaciones como tales propietarios.

Contra este acuerdo, por ser de trámite, no cabe recurso alguno, según determina el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si bien los interesados podrán alegar su oposición para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.

También se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime oportuno ejercitar.

ANEXO Nº 1: RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS A EXPROPIAR

Transcripción del Cuadro 01 "Relación de bienes y derechos afectados y sus titulares" del Proyecto de Actuación, (si bien, identificando a los interesados de la manera establecida en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales)

Número

 

 

 

Registro

 

Orden

Referencia catastral

Polígono

Parcela

Propiedad

Interesados

1

24015A019002840000DY

19

284

14.046

09934276R (Herederos de)

 

 

 

 

 

09934416A (Herederos de)

 

 

 

 

 

EN INVESTIGACIÓN

2

24015A019002850000DG

19

285

 

71495891T

3

24015A019002860000DQ

19

286

 

EN INVESTIGACIÓN

4

24015A019002870000DP

19

287

 

EN INVESTIGACIÓN

5

24015A019002880000DL

19

288

 

EN INVESTIGACIÓN

6

24015A019002890000DT

19

289

 

10025164Q

7

24015A019002900000DP

19

290

 

71500739H

 

 

 

 

 

71497178E

 

 

 

 

 

10084509K

 

 

 

 

 

10033301B

 

 

 

 

 

71524104S

8

24015A019002910000DL

19

291

 

71486965K

9

24015A019002920000DT

19

292

 

09934756K (Herederos de)

10

24015A019002930000DF

19

293

 

EN INVESTIGACIÓN

11

24015A019002940000DM

19

294

 

10089922Y

12

24015A019002950000DO

19

295

 

01341775R

13

24015A019002960000DK

19

296

 

10061840F

14

24015A019002970000DR

19

297

 

71492129X

15

24015A019002980000DD

19

298

 

10013316J

 

 

 

 

 

09994670C

16

24015A019002990000DX

19

299

 

09979478P

17

24015A019003000000DX

19

300

9.950

09985170L

18

24015A019003010000DI

19

301

 

09934795Z

19

24015A019003020000DJ

19

302

 

EN INVESTIGACIÓN

20

24015A019003030000DE

19

303

 

A24046211

21

24015A019003040000DS

19

304

 

09934907B (Herederos de)

22

24015A019003050000DZ

19

305

 

GONZÁLEZ ÁLVAREZ, GABINO

23

24015A019003060000DU

19

306

 

09980278A

24

24015A019003070000DH

19

307

 

71484806R

25

24015A019003080000DW

19

308

 

09934817J

 

 

 

 

 

10025851J (Herederos de)

26

24015A019003110000DW

19

311

 

10036859G

27

24015A019003120000DA

19

312

 

10033574P

28

24015A019003150000DG

19

315

 

09979478P

29

24015A019003170000DP

19

317

 

50054815F

30

24015A019003180000DL

19

318

 

10064180R

31

24015A019003190000DT

19

319

 

10026248L

32

24015A019003200000DP

19

320

13.797

71485422L (Herederos de)

 

 

 

 

 

GARCÍA ÁLVAREZ, GUMERSINDO

 

 

 

 

 

RODRÍGUEZ OVALLE, FELICIDAD

 

 

 

 

 

EN INVESTIGACIÓN

33

24015A019003210000DL

19

321

 

71500739H

 

 

 

 

 

71497178E

 

 

 

 

 

10084509K

 

 

 

 

 

10033301B

 

 

 

 

 

71524104S

34

24015A019003220000DT

19

322

13.844

71486992W

 

 

 

 

 

09980231W

35

24015A019003250000DO

19

325

 

09934753H

 

 

 

 

 

10060618G

36

24015A019003270000DR

19

327

9.027

09956660Y

 

 

 

 

 

09956594D

 

 

 

 

 

A24049512

37 a)

24015A019003300000DR

19

330

17.282

10074784W

37 b)

24015A019003300000DR

19

330

17.281

10074784W

38

24015A019003310000DD

19

331

 

10013316J

 

 

 

 

 

09994670C

39

24015A019003340000DJ

19

334

 

09980443F

40

24015A019003350000DE

19

335

 

10031221R

41

24015A019003360000DS

19

336

 

09934287N

42

24015A019003370000DZ

19

337

 

09972860Z

 

 

 

 

 

10066822K

 

 

 

 

 

10052470K

43

24015A019003380000DU

19

338

 

09934355B

44

24015A019003390000DH

19

339

 

10066871R

45

24015A019003400000DZ

19

340

 

10005433L

46

24015A019003420000DH

19

342

 

10067489K

47

24015A019003430000DW

19

343

 

32139185C (Herederos de)

48

24015A019003440000DA

19

344

 

10067489K

49

24015A019003450000DB

19

345

17.787

71485422L (Herederos de)

 

 

 

 

 

10077822G (Herederos de)

50

24015A019003460000DY

19

346

7.321

71485422L (Herederos de)

 

 

 

 

13.794

09986261Y (Herederos de)

 

 

 

 

 

GARCÍA ÁLVAREZ, GUMERSINDO

 

 

 

 

 

RODRÍGUEZ OVALLE, FELICIDAD

51

24015A019003480000DQ

19

348

15.967

71485422L (Herederos de)

 

 

 

 

 

09998834K (Herederos de)

 

 

 

 

 

09686803P

52

24015A019003510000DQ

19

351

 

10052974L

53

24015A019003520000DP

19

352

 

EN INVESTIGACIÓN

54

24015A019003530000DL

19

353

 

09761676Q

55

24015A019003540000DT

19

354

 

10005354D

56

24015A019003550000DF

19

355

 

71495891T

57

24015A019003560000DM

19

356

 

10005354D

58

24015A019003570000DO

19

357

 

09934460R (Herederos de)

59

24015A019003580000DK

19

358

 

10061840F

60

24015A019003590000DR

19

359

 

09980278A

61

24015A019003600000DO

19

360

 

EN INVESTIGACIÓN

62

24015A019003610000DK

19

361

 

09980500H

63

24015A019003620000DR

19

362

 

10052410F

64

24015A019003630000DD

19

363

 

EN INVESTIGACIÓN

65

24015A019003640000DX

19

364

 

X0043964B

66

24015A019003650000DI

19

365

 

09980273K

67

24015A019003660000DJ

19

366

 

10038132N

 

 

 

 

 

09934321T

68

24015A019003670000DE

19

367

 

10038132N

 

 

 

 

 

09934321T

69

24015A019003680000DS

19

368

 

10038132N

 

 

 

 

 

09934321T

70

24015A019003690000DZ

19

369

 

10038132N

 

 

 

 

 

09934321T

71

24015A019003710000DS

19

371

 

10038132N

 

 

 

 

 

09934321T

72

24015A019003720000DZ

19

372

 

10038132N

 

 

 

 

 

09934321T

73

24015A019003730000DU

19

373

 

09934322R

74

24015A019003740000DH

19

374

8.110

07580211D

 

24015A019003740001FJ

 

 

 

09628467T

75

24015A019003760000DA

19

376

 

71500739H

 

 

 

 

 

71497178E

 

 

 

 

 

10084509K

 

 

 

 

 

10033301B

 

 

 

 

 

71524104S

76

24015A019003770000DB

19

377

 

MARTÍNEZ FRONTÁN, ÁNGEL

77

24015A019003780000DY

19

378

7.322

71526318K

 

24015A019003780001FU

 

 

 

 

78

24015A019003790000DG

19

379

 

10025164Q

79

24015A019003840000DP

19

384

 

09934685L

80

24015A019003850000DL

19

385

8.364

10033664Y

 

 

 

 

 

10025164Q

81

24015A019003860000DT

19

386

 

71500739H

 

 

 

 

 

71497178E

 

 

 

 

 

10084509K

 

 

 

 

 

10033301B

 

 

 

 

 

71524104S

82

24015A019003870000DF

19

387

 

09933823P (Herederos de)

83

24015A019003880000DM

19

388

14.821

X0043964B

 

 

 

 

 

71486972M

84

24015A019003890000DO

19

389

 

09934396Y (Herederos de)

85

24015A019003900000DF

19

390

 

10025164Q

86

24015A019003910000DM

19

391

 

71495840H

 

 

 

 

 

10055098G

87

24015A019003920000DO

19

392

 

10038132N

88

24015A019003930000DK

19

393

 

32139185C (Herederos de)

89

24015A019003940000DR

19

394

 

09523174R

90

24015A019003950000DD

19

395

 

10028793B

91

24015A019003960000DX

19

396

8.363

CUBERO FERNÁNDEZ, JOSÉ (Herederos de)

 

 

 

 

 

09934326M (Herederos de)

 

 

 

 

 

10033664Y

 

 

 

 

 

10025164Q

92

24015A019003970000DI

19

397

 

09980248L

93

24015A019003980000DJ

19

398

 

10067489K

94

24015A019003990000DE

19

399

 

10084934D

 

 

 

 

 

10084932F

 

 

 

 

 

10084933P

95

24015A019004000000DE

19

400

 

10017063B

 

 

 

 

 

21336930Z

96

24015A019004010000DS

19

401

 

10036859G

97

24015A019004020000DZ

19

402

 

10017063B

 

 

 

 

 

21336930Z

98

24015A019004030000DU

19

403

 

09934307D (Herederos de)

99

24015A019004070000DB

19

407

 

09935847P (Herederos de)

100

24015A019904080000DX

19

90408

 

09934340L

 

 

 

 

 

10026248L

 

 

 

 

 

FRONTÁN, ROSALINA

 

 

 

 

 

MARTÍNEZ FRONTÁN, ÁNGEL

 

 

 

 

 

10074784W

 

 

 

 

 

10025140S (Herederos de)

 

 

 

 

 

09913998D

 

 

 

 

 

09908711N

 

 

 

 

 

09908729F

101

24015A019904150000DS

19

90415

 

09934340L

 

 

 

 

 

FRONTÁN, ROSALINA

 

 

 

 

 

MARTÍNEZ FRONTÁN, ÁNGEL

 

 

 

 

 

36767011Q (Herederos de)

 

 

 

 

 

10074784W

 

 

 

 

 

MARTÍNEZ FRONTÁN, GERARDO

102

24015A019904220000DW

19

90422

14.611

09759723H

 

 

 

 

14.619

09934393A

 

 

 

 

 

16393568L (Herederos de)

 

 

 

 

 

71486985H

 

 

 

 

 

71494599L

 

 

 

 

 

09934388K (Herederos de)

103

24015A019004290000DE

19

429

 

16393568L (Herederos de)

104

24015A019004300000DI

19

430

14.618

09980443F

105

24015A019004310000DJ

19

431

 

16393568L (Herederos de)

106

24015A019004320000DE

19

432

 

09934312Z (Herederos de)

107

24015A019004330000DS

19

433

 

71500739H

 

 

 

 

 

71497178E

 

 

 

 

 

10084509K

 

 

 

 

 

10033301B

 

 

 

 

 

71524104S

108

24015A019004340000DZ

19

434

 

05230100S

109

24015A019004350000DU

19

435

 

09934287N

110

24015A019004360000DH

19

436

 

10468002N

 

 

 

 

 

10583302J

 

 

 

 

 

10564852D

111

24015A019004370000DW

19

437

 

10028793B

112

24015A019004380000DA

19

438

 

10028793B

113

24015A019004390000DB

19

439

 

GONZÁLEZ RAMOS, DAVID ANTONIO

114

24015A019004400000DW

19

440

 

10026248L

115

24015A019004410000DA

19

441

 

10064180R

116

24015A019004420000DB

19

442

 

10036886P

117

24015A019004430000DY

19

443

 

GONZÁLEZ MIÑAMBRES, AGAPITO

118

24015A019004480000DT

19

448

 

10036886P

119

24015A019004560000DR

19

456

 

32139185C (Herederos de)

120

24015A019004570000DD

19

457

 

10036859G

121

24015A019004580000DX

19

458

14.067

09609732X

 

 

 

 

 

09911194B

 

 

 

 

 

09980262X (Herederos de)

122

24015A019004590000DI

19

459

 

09934318C

123

24015A019004600000DD

19

460

 

09934390T (Herederos de)

124

24015A019004610000DX

19

461

 

10025140S (Herederos de)

 

 

 

 

 

09913998D

 

 

 

 

 

09908711N

 

 

 

 

 

09908729F

125

24015A019004620000DI

19

462

 

09934340L

126

24015A019004630000DJ

19

463

 

09980246V

127

24015A019004640000DE

19

464

 

09934284D (Herederos de)

128

24015A019004650000DS

19

465

 

09934290S (Herederos de)

129

24015A019004690000DW

19

469

17.788

71485422L (Herederos de)

 

 

 

 

 

09934924M (Herederos de)

130

24015A019004730000DA

19

473

 

EN INVESTIGACIÓN

131

24015A019004740000DB

19

474

 

10067489K

132

24015A019004750000DY

19

475

 

FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, BONIFACIO

133

24015A019004760000DG

19

476

 

10017063B

 

 

 

 

 

21336930Z

134

24015A019004770000DQ

19

477

 

09934422D (Herederos de)

135

24015A019004800000DQ

19

480

 

10017063B

 

 

 

 

 

21336930Z

136

24015A019004820000DL

19

482

 

10016585Q (Herederos de)

137

24015A019004840000DF

19

484

 

10025164Q

 

 

 

 

 

71500739H

 

 

 

 

 

71497178E

 

 

 

 

 

10084509K

 

 

 

 

 

10033301B

 

 

 

 

 

71524104S

138

24015A019004850000DM

19

485

 

09980284D (Herederos de)

139

000900100QH02B0001OP

URBANO

1

13.148

10052974L

 

24015A019003500000DG

19

350

 

10049362H

Bembibre, 26 de diciembre de 2019.- La Alcaldesa, Silvia María Cao Fornís.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid