Edicto
D.ª M. José Hompanera González, la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Barcelona,
Hago saber: Que en el Concurso consecutivo 405/2018 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de Jorge Álvarez Rovirosa, con DNI 77308356C, con domicilio en calle Sant Jordi, 32, Moja, 08734 – Olèrdola.
Entre otros pronunciamientos dice textualmente:
Dispongo: El archivo del procedimiento concursal seguido respecto a don Jorge Álvarez Rovirosa con DNI 77308356C, dando por concluido el concurso en todas sus secciones.
Se concede la exoneración definitiva del pasivo insatisfecho a don Jorge Álvarez Rovirosa.
La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Barcelona, 4 de diciembre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia, M. José Hompanera González.
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