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Documento BOE-B-2019-5925

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 12 de febrero de 2019, páginas 7510 a 7510 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-5925

TEXTO

D. Xavier Garcia Bonet, el Letrado de la Administración de la Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:

Número de asunto: Concurso consecutivo 2461/2018 Sección: B

NIG: 0801947120188017024

Fecha del auto de declaración: 09/01/2019

Clase de concurso. Consecutivo.

Entidad concursada. ESTHER VIDAL VERA, con DNI 46562449F y domicilio en la Avenida Francesc Marimon, n.º 61, 4.º-2.º de Esparraguera (Barcelona).

Administradores concursales.

Se ha designado como administrador concursal:

JOSE ANTONIO REGALADO MORILLAS, en calidad de economista, con DNI 72549737D y domicilio en Badalona, c/ Sant Miquel, n.º 36, 2.º, fax 934646417 y correo electrónico comunicaciones@grupobetulo.com

Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C) – Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Solicitada la conclusión por insuficiencia de masa activa e informado favorablemente sobre la concurrencia de los requisitos establecidos legalmente para la exoneración del pasivo insatisfecho, dese traslado a los acreedores por cinco días a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOE para que manifiesten lo que a su derecho convenga.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicaran las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 1 de febrero de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Xavier Garcia Bonet.

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