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Documento BOE-B-2019-5944

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 12 de febrero de 2019, páginas 7529 a 7529 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-5944

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento n.º 27/2019, (NIG: 2906742120190001114) por auto de fecha 31 de enero de 2019 se ha declarado en concurso voluntario al deudor PORTRESPADEL, S.L., con CIF B-93.375.905, con domicilio en avenida de los Argonautas, s/n, Urb. Torrequebrada Norte, Benalmadena (Málaga), y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º.- Que la administración concursal la integra D. ANTONIO LÓPEZ RODRÍGUEZ, provisto de DNI 79018214N; español, mayor de edad, con vecindad civil común, estado civil soltero, domicilio y dirección postal avenida de Mijas, n.º 2, Edificio Serrano, portal 2, 1.º D, 29651, Mijas Costa (Málaga), teléfono: 952469818, profesión: abogado y economista, y con dirección de correo electrónico concursal@calopezserrano.com que designa a los efectos de comunicación de créditos.

4º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

7º.- En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).

Málaga, 7 de febrero de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.

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