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Documento BOE-B-2019-599

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 11 de enero de 2019, páginas 839 a 839 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-599

TEXTO

EDICTO

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,

Anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 903/2018, con NIG 2906742120180053317 por auto de fecha 20 de diciembre de 2018 se ha declarado en concurso voluntario al deudor NOARA GRUPO INVERSOR, S.A., con CIF n.º A97877633 y domicilio en Málaga c/ Tucidides, Parque Empresarial Santa Bárbara, 20, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.

2º.- Que se ha acordado abrir la fase de liquidación a petición del deudor, declarándose disuelta la sociedad NOARA GRUPO INVERSOR, S.A., y cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

3º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

4º.- Que la administración concursal la integra: D. JOSÉ MARÍA LÓPEZ ÁLVAREZ, provisto de DNI 75884955C; español, mayor de edad, con vecindad civil común, estado civil casado, domicilio calle Plaza de la Malagueta, núm 2 (edificio Horizonte), entreplanta, oficina 1 y dirección postal 29016, vecino de Málaga, Tfno: 952211977.- Profesión: Letrado y con dirección de correo electrónico concursonoara@gmail.com que designa a los efectos de comunicación de créditos.

5º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

6º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

7º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

Málaga, 8 de enero de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.

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