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Documento BOE-B-2019-6982

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia sobre Resolución del Ministerio de Fomento por la que se aprueba provisionalmente el: "Estudio de delimitación de tramo urbano y reducción de la línea límite de edificación en la zona de peaje de Santa Marta de la autopista AP-9 en el término municipal de Bergondo. Provincia: A Coruña.

Publicado en:
«BOE» núm. 43, de 19 de febrero de 2019, páginas 8860 a 8861 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2019-6982

TEXTO

El Subdirector General de Explotación por delegación del Director General de Carreteras, por (Orden FOM/1644/2012, de 23 de julio), con fecha 3 de julio de 2018 ha resuelto:

1. "Aprobar provisionalmente el Estudio de delimitación de tramos urbano presentado para el tramo comprendido por el ramal de enlace de la zona de peaje de Santa Marte en el p.k. 3F de la autopista de peaje AP-9 y su conexión con la carretera CP-0808 en el término municipal de Bergondo (A Coruña), de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, según lo siguiente:

· Delimitar como tramo urbano aquel que comprende la margen izquierda del ramal de enlace de la zona de peaje de Santa marta en el p.k. 3F de la autopista de peaje AP-9 con la carretera CP-0808, en el T.M. de Bergondo (A Coruña).

· Fijar en el tramo urbano establecido en el punto anterior la línea límite de edificación, en consonancia con las Normas Subsidiarias del municipio de Bergondo, a 25 m de la arista exterior de la calzada del ramal del puesto de peaje de Santa Marta de la AP-9 y su conexión con la CP-0808.

· Fijar el borde exterior de la zona de dominio público, medidos horizontal y perpendicularmente desde la arista exterior de la explanación, a 3 metros por tratarse de un ramal y un nudo viario (art. 28 de la Ley de carreteras), medidos horizontalmente desde la arista exterior de la explanación y perpendicularmente a dicha arista, de acuerdo con el artículo 29 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras.

· Fijar el borde exterior de la zona de servidumbre, medidos horizontal y perpendicularmente desde la arista exterior de la explanación, a 8 metros por tratarse de un ramal y un nudo viario (art. 28 de la Ley de carreteras), medidos horizontalmente desde la arista exterior de la explanación, conforme al artículo 31 de la ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras.

2. Tramitar el Estudio de delimitación de tramo urbano modificado según el procedimiento establecido en el artículo 48 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de carreteras, lo cual supone:

· Notificar el Estudio a la Xunta de Galicia y al Excmo. Concello de Bergondo, a fin de que, en el plazo de dos meses, emitan informe.

· Someter a información pública el Estudio, por un plazo de 30 días hábiles, anunciándolo en el Boletín Oficial del Estado y en el Excmo. Concello de Bergondo (A Coruña), a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda formular alegaciones sobre la repercusión del Estudio en lo referente a limitaciones a la propiedad, régimen de autorizaciones, infracciones y sanciones."

Durante el período de información pública con el fin de que los interesados puedan examinar la documentación del Estudio, estará expuesta al público en días hábiles y horario de atención al público en esta Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia (Antonio Machado, 45 - 15071 A Coruña). Las alegaciones habrán de dirigirse a esta Demarcación.

La documentación del Estudio de fecha octubre del 2018 está disponible para su consulta en la sede electrónica del Ministerio de Fomento

https://www.fomento.es/el-ministerio/buscador-participacion-publica

A Coruña, 14 de diciembre de 2018.- El Ingeniero Jefe de la Demarcación, Ángel González del Río.

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