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Documento BOE-B-2019-8338

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 50, de 27 de febrero de 2019, páginas 10463 a 10463 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-8338

TEXTO

Doña María Amor Rodríguez Díaz, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Número 1 de Oviedo, por el presente, hago saber:

1º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el numero 169/18 NIG 33044 47 1 2018 0000353), el Sr Magistrado Don Alfonso Muñoz Paredes ha dictado en fecha 08 de febrero de 2019, AUTO QUE NO ES FIRME, declarando en concurso voluntario abreviado al deudor DON ARMANDO MARTÍNEZ-GUISASOLA CAMPA con NIF 09356329K, con domicilio en la calle Gloria Fuertes, 64, 8ºA, Oviedo.

2º En dicho procedimiento se ha nombrado como Administrador Concursal al Censor Jurado de Cuentas, Dª Sandra Alonso Díaz, con DNI 09403580F, quien ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración Concursal, el siguiente domicilio postal, C/ Pelayo, 4 2º, 33003 Oviedo, así como la siguiente dirección electrónica aguisasola@gdpconcursal.com, pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a uno u otro, a su elección, pero no presentarlas en el Juzgado, que podrá no tener por bien hecha la comunicación del crédito, con las consecuencias que de ello pueden derivarse en la clasificación del crédito comunicado.

Indica igualmente que el horario de atención al público es: lunes a jueves de 9:00 horas a 13.30 horas y de 16:00 horas a 18:00 horas y viernes solamente mañana.

Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la Administración Concursal en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOE, y dicha comunicación deberá efectuarse cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 85 de la Ley Concursal.

3º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor por la Administración Concursal designada, mediante su autorización o conformidad.

Oviedo, 21 de febrero de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, María Amor Rodríguez Díaz.

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