EDICTO SEGUNDO LLAMAMIENTO
Arturo Visus Sanz,Letrado A. Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 10 de Castellón
Hace saber:
En este tribunal se tramita Procedimiento Ordinario [ORD] 000858/2018, a instancia de Ceracasa SA, con CIF número A- 12015707 y domicilio en Alcora, ctra Castellón a Teruel km. 19, frente a Dña. Ángeles Aparici Miralles, con DNI 18.838.149-E con domicilio en avda. Virgen del Carmen, 3-3º-A de Algecieras (Cádiz) y cuantos pudieran considerarse con derecho a oponerse a la cancelación de hipoteca, por cuantía indeterminada, en el que se ha dictó la resolución que literalmente dice:
"Parte Dispositiva
Acuerdo:
- Admitir a trámite la demanda y documentación presentada por la Procuradora de los tribunales, D.ª Olucha Varella, Dolores María, en nombre y representación de Ceracasa SA, frente a Dª. Ángeles Aparici Miralles y cuantos pudieran considerarse con derecho a oponerse a la cancelación de la hipoteca objeto de este procedimiento.
- Sustanciar el proceso por las reglas del juicio ordinario.
- Emplazar a la parte demandada con traslado de la demanda y documentación acompañada, para que la conteste en el plazo de Veinte días hábiles, con las siguientes prevenciones:
- Apercibir a la parte demandada que si no comparece dentro del plazo indicado, se le declarará en situación de rebeldía procesal (artículo 496.1 L.E.C.).
- Advertir a la parte demandada que la comparecencia en Juicio debe realizarse por medio de procurador y con asistencia de abogado (artículos 23 y 31 de la L.E.C.).
Llévese a efecto el emplazamiento de la parte demandada en el domicilio señalado por la parte actora.
Líbrese edicto al Boletín Oficial de Estado, a fin de poner en conocimiento de cuantos pudieran considerarse con derecho a oponerse a la cancelación de hipoteca, la tramitación del presente procedimiento, para lo cual se hará entrega del mismo a la procuradora solicitante.
Modo de Impugnación: recurso de reposición en el plazo de cinco días ante el Letrado Administración de Justicia que lo dicta.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe."
Para que se tenga conocimiento por cuantos pudieran considerarse con derecho a oponerse a la cancelación de la hipoteca, objeto del presente procedimiento a este segundo llamamiento en virtud del art. 156 L.H.
Castellón, 4 de febrero de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Arturo Visus Sanz.
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