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Documento BOE-B-2019-8427

CASTELLÓN DE LA PLANA

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 28 de febrero de 2019, páginas 10588 a 10589 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2019-8427

TEXTO

EDICTO SEGUNDO LLAMAMIENTO

Arturo Visus Sanz,Letrado A. Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 10 de Castellón

Hace saber:

En este tribunal se tramita Procedimiento Ordinario [ORD] 000858/2018, a instancia de Ceracasa SA, con CIF número A- 12015707 y domicilio en Alcora, ctra Castellón a Teruel km. 19, frente a Dña. Ángeles Aparici Miralles, con DNI 18.838.149-E con domicilio en avda. Virgen del Carmen, 3-3º-A de Algecieras (Cádiz) y cuantos pudieran considerarse con derecho a oponerse a la cancelación de hipoteca, por cuantía indeterminada, en el que se ha dictó la resolución que literalmente dice:

"Parte Dispositiva

Acuerdo:

- Admitir a trámite la demanda y documentación presentada por la Procuradora de los tribunales, D.ª Olucha Varella, Dolores María, en nombre y representación de Ceracasa SA, frente a Dª. Ángeles Aparici Miralles y cuantos pudieran considerarse con derecho a oponerse a la cancelación de la hipoteca objeto de este procedimiento.

- Sustanciar el proceso por las reglas del juicio ordinario.

- Emplazar a la parte demandada con traslado de la demanda y documentación acompañada, para que la conteste en el plazo de Veinte días hábiles, con las siguientes prevenciones:

- Apercibir a la parte demandada que si no comparece dentro del plazo indicado, se le declarará en situación de rebeldía procesal (artículo 496.1 L.E.C.).

- Advertir a la parte demandada que la comparecencia en Juicio debe realizarse por medio de procurador y con asistencia de abogado (artículos 23 y 31 de la L.E.C.).

Llévese a efecto el emplazamiento de la parte demandada en el domicilio señalado por la parte actora.

Líbrese edicto al Boletín Oficial de Estado, a fin de poner en conocimiento de cuantos pudieran considerarse con derecho a oponerse a la cancelación de hipoteca, la tramitación del presente procedimiento, para lo cual se hará entrega del mismo a la procuradora solicitante.

Modo de Impugnación: recurso de reposición en el plazo de cinco días ante el Letrado Administración de Justicia que lo dicta.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe."

Para que se tenga conocimiento por cuantos pudieran considerarse con derecho a oponerse a la cancelación de la hipoteca, objeto del presente procedimiento a este segundo llamamiento en virtud del art. 156 L.H.

Castellón, 4 de febrero de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Arturo Visus Sanz.

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