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Documento BOE-B-2019-8944

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 2 de marzo de 2019, páginas 11187 a 11187 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-8944

TEXTO

EDICTO

Don José Luis Gutiérrez Martín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº. 1 de Pontevedra, en cumplimento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal,

Hago saber:

Que en el procedimiento nº 31/11, por auto de fecha 13/2/19, se ha acordado la conclusión del concurso voluntario del deudor Creaciones Toypes, S.L., cuya parte dispositiva dice lo siguiente:

1.- Se decreta la conclusión, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, del presente concurso de acreedores de Creaciones Toypes, S.L., con C.I.F. B36021723, con domicilio en Corredoira s/n, Lalín, Pontevedra, con los efectos legales inherentes.

2.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

3.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal y el cese de los Administradores Concursales.

4.- Se acuerda la extinción de la sociedad Creaciones Toypes, S.L. y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.

5.- Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursal. Publíquese en el BOE y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.

6.- Únase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art 177 de la LC).

Pontevedra, 14 de febrero de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Luis Gutiérrez Martin.

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