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Documento BOE-B-2019-9666

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 57, de 7 de marzo de 2019, páginas 12112 a 12112 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2019-9666

TEXTO

M. José Hompanera González, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de Barcelona, al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 2058/2018. Sección: B.

NIG: 0811342120188073940.

Fecha del auto de declaración. 17 de diciembre de 2018.

Clase de concurso. CONSECUTIVO.

Entidad concursada. FRANCISCO JAVIER BLASCO GAERTNER, con DNI-15893954B, y domicilio en la calle Francesc Moragas, n.º 66-68, de Manresa (Barcelona).

Administradores concursales.

Se ha designado como administrador concursal: Jose Antonio Regalado Morillas, Economista, con DNI 72549737D. Que para el ejercicio de su cargo, señala como domicilio: calle SAN MIGUEL, n.º 36, 2.º piso, de Badalona (08911 Barcelona). Y para la recepción de las comunicaciones de créditos y de cualquier otra notificación, la dirección postal: la indicada; y la dirección de correo electrónico: comunicaciones@grupobetulo.com, teléfono de contacto 934641791 y fax 934646417.

Régimen de las facultades del concursado. SUSPENDIDAS.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina Judicial, sita en Avenida Gran Vía de les Corts Catalanes, 111 (Edifici C), Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Solicitada la conclusión por insuficiencia de la masa activa e informado favorablemente sobre la concurrencia de los requisitos establecidos legalmente para la exoneración del pasivo insatisfecho, dese traslado a los acreedores por CINCO DIAS a contar desde el día siguiente al de la publicación en el BOE para que manifiesten lo que a su derecho convenga.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es.

Barcelona, 11 de febrero de 2019.- M. José Hompanera González, Letrada de la Administración de Justicia.

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