El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santander, en la sesión celebrada el 3 de marzo de 2020, acordó otorgar a la Sociedad de Pesca Deportiva y de Recreo "Herpesca". para la ocupación de una superficie de agua de 3.970 m² y una superficie de subsuelo de 24,75 m², en el Muelle Sur de la Dársena de Maliaño del Puerto de Santander, con destino a la instalación de pantalanes flotantes para pequeñas embarcaciones, destacando las siguientes condiciones de otorgamiento:
A) Superficie de agua: 3.970 metros cuadrados y superficie de subsuelo: 24,75 metros cuadrados.
B) Plazo: cuatro (4) años
C) Objeto: la ocupación de una superficie de lámina de agua, con destino a pantalanes flotantes para pequeñas embarcaciones.
D) Tasa de ocupación de agua: 3.689,68 euros/año.
Tasa de Ocupación de subsuelo: 61,54 euros/año.
Tasa de actividad: 3.582,48 euros/año.
Además, abonará, anualmente, las tasas siguientes:
- Tasa de las embarcaciones deportivas y de recreo (T-5): Conforme con lo establecido en los artículos 226.b y 229 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
- Tasa de ayudas a la navegación: Conforme con lo establecido en el art. 240 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
Lo que se hace público para el general conocimiento de conformidad a lo previsto en el artículo 85.7 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina.
Santander, 3 de marzo de 2020.- El Presidente, Jaime González López.
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