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Documento BOE-B-2020-14102

A CORUÑA

Publicado en:
«BOE» núm. 148, de 25 de mayo de 2020, páginas 19156 a 19156 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-14102

TEXTO

Don Fernando Santiso Vazquez, Letrado de la Administración de Justicia de Xuzgado do mercantil número 1 de A Coruña, por el presente,

Hago saber:

Primero.- Que en sección I declaración concurso 832/2019, da seguido en este Órgano judicial se ha dictado en fecha 2 de marzo de 2020 auto de declaración de concurso y acordando simultáneamente la conclusión del concurso de la entidad, Soluciones de Telefonía Silasa, Sociedad Limitada, B-70490727, siendo del tenor literal que sigue:

1.º) Declaro la competencia territorial de este juzgado para conocer de la solicitud de concurso voluntario presentada por el procurador Señor Ramón de Uña Piñeiro, en nombre y representación de Soluciones de Telefonía Silasa, sociedad limitada, domiciliada en Lugar O Campo número 12 de Mesía, Código de identificación fiscal B-70490727, inscrita en el Registro Mercantil de A Coruña, al Folio 140, Tomo 3586, Hoja C-64763.

2.º) Declaro en situación legal de concurso voluntario a Soluciones de Telefonía Silasa, sociedad limitada, domiciliada en Lugar O Campo número 12 de Mesía, Código de identificación fiscal B-70490727, inscrita en el Registro Mercantil de A Coruña, al Folio 140, Tomo 3586, Hoja C-64763.

Acuerdo simultáneamente la conclusión del concurso declarado por insuficiencia de masa activa, la extinción de la personalidad jurídica de la deudora y el cierre de su hoja registral en el Registro Mercantil de A Coruña, para lo que se librará mandamiento con testimonio de este auto una vez que sea firme.

3.º) Publíquese un extracto de la declaración de concurso, con la mayor urgencia y de forma gratuita, en el Boletín Oficial del Estado conteniendo los datos a que se refiere el actual artículo 23. 1 de la Ley concursal. El traslado del oficio con el edicto se hará, de ser ello posible, de forma telemática, o a través del procurador de la solicitante si no fuere posible lo anterior.

Comuníquese la declaración de concurso a los órganos judiciales en los que se siguen procedimientos judiciales en los que es parte Soluciones de telefonía silasa sociedad limitada, haciendo constar en la comunicación la declaración del concurso y su conclusión, así como la extinción de la personalidad jurídica de la deudora.

Comuníquese igualmente al Fondo de Garantía Salarial a los efectos prevenidos en el artículo 184.1 de la Ley concursal. Comuníquese a la AEAT y a la TGSS.

Publíquese esta resolución en la Sección primera del Registro Público Concursal, regulado por el Real Decreto 892/2013, de 15 de noviembre.

A Coruña, 2 de marzo de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

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