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Edicto
Dª. María Asunción González Elías, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Logroño, y Mercantil de La Rioja,
Hago saber:
Que en este Juzgado se sigue Concurso Voluntario con el número 383/2020, NIG: 26089 42 1 2020 0002433 relativo a la deudora New Generation Farma, S.L., con domicilio social en calle Poeta Prudencio. 9, 1.º C, de Logroño (La Rioja), y CIF B26465062, en el cual se ha dictado Auto con fecha 17 de junio de 2020, cuya parte dispositiva, dice:
1.- Debo Declarar y Declaro el concurso voluntario de la entidad New Generation Farma, S.L., con domicilio social en calle Poeta Prudencio, 9, 1.º C, de Logroño (La Rioja) y CIF B26465062 y simultáneamente Concluirlo por insuficiencia de masa.
2.- Publíquese la declaración de concurso y su conclusión en extracto por medio de edictos en el Boletín Oficial del Estado, en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Registro Público Concursal. La publicación en el BOE tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado.
3.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja registral en el Registro Mercantil a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro.
Notifíquese a las partes y hágales saber que contra la misma, por mor del art.177 no cabe recurso alguno.
Logroño, 17 de junio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Asunción González Elías.
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