Doña Lucía Peces Gómez, Letrada de la Administración de Justicia de Jdo de lo Mercantil nº 1 de Badajoz, por el presente,
Hago saber
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial, bajo número de concurso abreviado voluntario 128/20, a instancia del Procurador don Javier Lopez-Navarrete López se ha dictado en fecha 10 junio 2020 Auto de Declaración de concurso del deudor Agrogalvama, S.L.U., con Cif B06649099 con domicilio social en Badajoz, calle Sabio 20 de Higuera la Real (Badajoz), e igualmente se determina la conclusión del mismo por falta de bienes conforme al Art. 176. Bis 4 de la LC.
2.- Se ha acordado publicar edicto con el carácter de gratuito en el BOE, especificando la declaración y terminación del concurso por falta de bienes.
3.- Dada la conclusión del concurso por insuficiencia de bienes y derechos del deudor persona jurídica, se ha acordado su extinción y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, expidiendo Mandamiento al Registro Mercantil
Badajoz, 10 de junio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Lucía Peces Gómez.
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