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Documento BOE-B-2020-21135

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 188, de 9 de julio de 2020, páginas 28295 a 28296 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-21135

TEXTO

Xavier Garcia Bonet, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración deconcurso dictado por este órgano judicial, hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 876/2020 Sección: 2

NIG: 0801947120208009426

Fecha del auto de declaración. 27 de mayo de 2020.

Clase de concurso. Voluntario.

Entidad concursada. Julio Peñas Estirado con DNI 50938351K

Administradores concursales.

Se ha designado como administrador concursal:

Laura Pedreño Vargas.

Dirección postal: Calle Provença 238, 2º 1ª, 08008 - Barcelona

Dirección electrónica: laura@pedreno.es

Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C) - Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (artículo 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Apertura de la sección 5ª Liquidación:

Se tiene por presentado el plan de Liquidación o alegaciones sobre la imposiblidad de resentar Plan de Liquidación. En ambos casos se da traslado a los acreedores por el plazo de 10 dias para formular alegaciones.

Se tiene por presentado el Informe del artículo 75 LC por lo que las impugnaciones al mismo deberán presentarse dentro del plazo previsto para la comunicación de créditos

Los acreedores podrán mediante escrito razonado solicitar la apertura de la sección de calificación en el mismo plazo.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 25 de junio de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Xavier García Bonet.

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