BDNS(Identif.): 491534.
Advertido error en el Extracto de la Orden de 30 de diciembre, por la que se convocan ayudas para financiar trabajos de conservación o enriquecimiento de bienes inmuebles del Patrimonio Histórico Español, dentro del "Programa 1,5% Cultural" del Ministerio de Fomento, publicado en el "Boletín Oficial del Estado", de 16 de enero de 2020 (número 14, páginas 2200, 2201 y 2202).
En el apartado "Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes", donde dice:
"Los sujetos que se encuentren obligados a la presentación de la solicitud por medios electrónicos, conforme al artículo 14.1 y 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán presentar la solicitud en el plazo de 20 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria por vía telemática, y podrán hacerlo a través de la siguiente dirección: https://sede.fomento.gob.es, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y con la Orden FOM/2574/2010, de 16 de septiembre, por la que se crea y regula el Registro Electrónico del Ministerio de Fomento, o por cualquier otro registro público electrónico conforme al artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Aquellos sujetos que no se encuentren obligados a la presentación de la solicitud por medios electrónicos, conforme al artículo 14.1 y 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, deberán presentar la solicitud en el plazo de 20 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria, dirigidas a la Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo, Paseo de la Castellana 67, debiendo tener entrada en tiempo hábil, en el Registro del Ministerio de Fomento, o en alguno de los lugares de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre."
Debe decir:
"Los sujetos que se encuentren obligados a la presentación de la solicitud por medios electrónicos, conforme al artículo 14.1 y 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán presentar la solicitud en el plazo de 40 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria por vía telemática, y podrán hacerlo a través de la siguiente dirección: https://sede.fomento.gob.es, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y con la Orden FOM/2574/2010, de 16 de septiembre, por la que se crea y regula el Registro Electrónico del Ministerio de Fomento, o por cualquier otro registro público electrónico conforme al artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Aquellos sujetos que no se encuentren obligados a la presentación de la solicitud por medios electrónicos, conforme al artículo 14.1 y 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, deberán presentar la solicitud en el plazo de 40 días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria, dirigidas a la Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo, Paseo de la Castellana 67, debiendo tener entrada en tiempo hábil, en el Registro del Ministerio de Fomento, o en alguno de los lugares de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre."
Madrid, 17 de enero de 2020.- El Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos Meco.
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