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Documento BOE-B-2020-26641

VITORIA

Publicado en:
«BOE» núm. 224, de 20 de agosto de 2020, páginas 35809 a 35810 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2020-26641

TEXTO

Edicto

El Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Vitoria-Gasteiz - Upad Civil, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (Lc),

Anuncia:

1.º-Que en el presente procedimiento se ha dictado Auto de fecha 28/07/2020 que declara la nulidad de actuaciones, reponiendo las mismas al momento de la publicación del dictado del auto de fecha 25/10/2019 para su correcta publicación en el BOE declarando nulos los actos posteriores practicados.

2.º-Que en el procedimiento número 1190/2018, NIG n.º 01.02.2-18/014527, por auto de 25/10/2019 se ha declarado en situación de concurso consecutivo de acreedores de persona física no empresario a los deudores Jose Carlos Español Lopez y Raquel Ochoa Coca, con DNI y DNI 14859977E y 14685058H, respectivamente y ambos con domicilio en Calle Monseñor Mateo Múgica, 4-4.º D - Vitoria-Gasteiz.

La misma resolución ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso con arreglo a lo dispuesto en el artículo 242.2 LC, con los efectos prevenidos en el art 145 Lc y concordante, si bien, en el presente caso, al constar conforme a las manifestaciones del mediador concursal que no hay activo que liquidar no se procederá a tramitar el plan de liquidación, siendo que únicamente se solicitará de la Ac el informe final a que hace mención el art. 176bis LC a los efectos de que el deudor presente su solicitud de Bepi dentro de los quince días siguientes a la puesta de manifiesto del citado informe (art 178bis, 176bis y 152.3LC).

3.º-Que los deudores han sido suspendidos en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la Administración concursal.

4.º-Que la administración concursal está integrada por D. Pedro Lopez Montoya. Domicilio postal: calle Plaza Amarica, n.º 4-1.º E, de Vitoria-Gasteiz. Dirección electrónica: pedro@abogadolopezmontoya.com

5.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones o comunicaciones de crédito dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la Administración concursal.

Las insinuaciones de crédito que se presenten en el Registro del Decanato y tengan entrada en este Juzgado no serán proveídas ni registradas dándosele el destino que organizativamente se decida.

En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación tampoco las mismas serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin.

6.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

7.º-Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es

Vitoria-Gasteiz, 28 de julio de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Yolanda Mendía Rodríguez.

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