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Documento BOE-B-2020-26927

RESOLUCIÓN de la Generalitat de Catalunya, de los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Conocimiento en Girona, por la cual se otorga a la empresa eDistribución Redes Digitales, SLU (antes Endesa Distribución Eléctrica, SLU) la autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para el montaje provisional de la unión de la línea 110 kV Susqueda-Xirgu y la línea 132 kV Salt-Juià, en el término municipal de Salt (Girona) (exp. 2019_9749_AT).

Publicado en:
«BOE» núm. 227, de 24 de agosto de 2020, páginas 36217 a 36219 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2020-26927

TEXTO

RELACIÓN DE HECHOS

1. En cumplimiento de aquello que establece el artículo 130 del Real decreto 1955/2000, el 23 de diciembre de 2013, la empresa eDistribución Redes Digitales, SLU, con domicilio social en la Avda. Vilanova, 12, 08018 de Barcelona presenta ante estos Servicios Territoriales de Empresa y Conocimiento en Girona, la solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para el montaje provisional de la unión de la línea 110 kV Susqueda-Xirgu y la línea 132 kV Salt-Juià, en el término municipal de Salt (Girona) (exp. 2019_9749_AT).

2. Durante los plazos otorgados el Ayuntamiento de Salt presentó alegaciones con condicionantes, los cuales han sido aceptados por eDistribución Redes Digitales, SLU y la Agencia Catalana del Agua no ha presentado alegaciones.

FUNDAMENTOSDE DERECHO

1. Este órgano es competente para tramitar y resolver este expediente de acuerdo con aquello que establecen el Decreto 1/2018, de 19 de mayo, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalitat de Catalunya (DOGC n.º 7623, de 21.05.2018), el Decreto 61/2020, de 2 de junio, de reestructuración del Departamento de Empresa y Conocimiento, el Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el qual se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas en relación con la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, de garantía y calidad del suministro eléctrico.

2. Este expediente se ha promovido de acuerdo con la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el cual se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento administrativo de autorización de las instalaciones de energía eléctrica, la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, de garantía y calidad en el suministro eléctrico.

De acuerdo con los preceptos legales mencionados y los otros de aplicación,

RESUELVO

1. Aprobar a la empresa eDistribución Redes Digitales, S.L.U., la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción mencionada con las características siguientes:

Características de la nueva instalación:

Sistema: Corriente alterna trifásica.

Frecuencia: 50 Hz.

Tensión nominal (Un): 110 kV.

Tensión más elevada de la red (Us): 123 kV.

Potencia por circuito: 109,5 MVA.

Longitud: 76,44 metros.

Número y tipo de circuito: 1, simple.

Número y tipo de conductor: 3xLA-280 HAWK (242-AL1/39-ST1A).

Número y tipo de cable del suelo: 1, AC-70 (69ST1A).

Zona (por cálculos mecánicos): A.

Tipo de aislamiento: Polimérico.

Término municipal afectado: Salt.

Presupuesto: 28.606,20 €.

Finalidad: Motivado por la saturación del sistema de 110 kV se realizará la unión entre la Línea 110 kV Susqueda-Xirgu y la Línea 132 kV Salt-Juià, con carácter de urgencia y de forma provisional para mantener la calidad del suministro.

Esta resolución se dicta de acuerdo con lo que dispone la normativa antes mencionada y queda sometida a las condiciones especiales siguientes:

a) Las instalaciones se realizarán de acuerdo con las especificaciones y los planos que figuran en el proyecto presentado por la empresa solicitante el 12.06.2019, firmado por el ingeniero industrial David Gavin Asso, el cual ha servido de base para la tramitación del expediente y, también, de acuerdo con las reglamentaciones técnicas preceptivas.

b) La empresa titular será responsable del uso, la conservación y el mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que requiere la normativa vigente.

c) Se tendrán que cumplir las condiciones impuestas por los organismos oficiales.

d) El plazo para la construcción y puesta en servicio de las instalaciones autorizadas será de dos años a contar desde la fecha de publicación de esta Resolución.

e) Los Servicios Territoriales en Girona podrán llevar a cabo, durante las obras y una vez finalizadas, las comprobaciones y las pruebas que consideren necesarias para el cumplimientode las condiciones de esta Resolución. Con esta finalidad, el peticionario comunicará a los Servicios Territoriales mencionados, con la antelación suficiente, la fecha de comienzo de las obras y su programación, las fechas en las que se llevarán a cabo las pruebas y cualquier incidencia relevante.

f) La empresa enviará a los Servicios Territoriales en Girona el certificado final de obra, firmado por un técnico competente, que acredite que las instalaciones se ajustan al proyecto aprobado y que se han cumplido las normas y los reglamentos de aplicación. En este certificado se adjuntarán las actas de las pruebas y los controles reglamentarios.

g) La empresa asegurará el mantenimiento correcto y vigilancia de las instalaciones durante su construcción y después de su puesta en funcionamiento, para garantizar que se cumplan las condiciones reglamentarias de seguridad.

h) La administración podrá dejar sin efecto esta autorización en caso de incumplimiento de las condiciones indicadas, de facilitar datos inexactos o por cualquier otra causa excepcional que lo justifique.

i) Esta autorización administrativa de construcción se otorga sin perjuicio de terceros y es independiente de las autorizaciones o las licencias competencia de otros organismos o entidades públicas necesarias para llevar a cabo las obras y las instalaciones aprobadas.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podéis interponer recurso de alzada ante el director de los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Conocimiento en Girona (plaza Pompeu Fabra, 1, 17002 Girona) o el director general de Energía, Seguridad Industrial y Seguridad Minera (calle Pamplona, 113, 08018 Barcelona) en el plazo de veinte días, a contar desde el día siguiente de la publicación de esta resolución, sin interponer cualquier otro recurso que sea procedente.

Girona, 16 de junio de 2020.- Director de los Servicios Territoriales en Girona, Josep Pere Polanco López.

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