Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil n.º 13, de Madrid, anuncia:
1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 41/2020, por auto de fecha 20/3/2020, se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. Art. 176 bis 2 y 3.
2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso.
3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art. 178.3, declarar su extinción.
Madrid, 8 de septiembre de 2020.- Letrada de la Admninistración de Justicia, Isabel Carro Rodríguez.
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