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El Juzgado de lo Mercantil número 2 de La Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (Lc),
Anuncia
Que en el procedimiento Concurso Abreviado Número 47/2013, se ha dictado Auto de Conclusión de Concurso, con fecha 31 de agosto de 2020, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva
1. - Se decreta la conclusión, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, del presente concurso de acreedores de 3H3M, S.L., con CIF B- 15.928.476 y con domicilio social en avenida del Ejército número 52, bajo, de A Coruña. Inscrita en el Registro Mercantil de Coruña en el Tomo 2819, Folio 108, Hoja C-32.902, Sección general. Con los efectos legales inherentes.
2. - Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
3. - Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración concursal y el cese del Administrador concursal.
4. - Se acuerda la extinción de la sociedad 3H3M, S.L., y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
5. - Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la Administración concursal. Publíquese en el BOE y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.
6. - Únase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.
Modo de impugnación: Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art 177 de la LC).
Y para que sirva de notificación y su publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente Edicto.
La Coruña, 11 de septiembre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.
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