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Con fecha 30 de septiembre de 2020 el Director General de Carreteras ha resuelto:
1.- Aprobar provisionalmente el Proyecto de Trazado "Acondicionamiento y Reordenación de Accesos. Carretera N-232. Tramo: Masía de la Torreta-Morella Sur" redactado con fecha julio de 2020, y su correspondiente Estudio de Impacto Ambiental, proponiendo como alternativa recomendada la solución proyectada, denominada en el estudio "Alternativa 3".
2.- Ordenar que, por la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana, se proceda a incoar el correspondiente expediente de Información Pública y Oficial del Proyecto de Trazado, y su correspondiente Estudio de Impacto Ambiental, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cumplimiento de cuanto establecen:
- Los artículos 12 y 16 de la vigente Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, y concordantes de su Reglamento aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre.
- Los artículos 36 y 37 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, modificada por Ley 9/2018, de 5 de diciembre.
- Los artículos 11 y 13 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias.
El plazo de información pública será de treinta (30) días hábiles contados a partir del primer día hábil siguiente al de la última fecha de las publicaciones reglamentarias.
3.- Ordenar que, de acuerdo con el artículo 16 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, se someta el Proyecto de Trazado y su Estudio de Impacto Ambiental al preceptivo informe de la Comunidad Autónoma y Entidades Locales afectadas.
4.- Ordenar que, de acuerdo con el artículo 8 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, se someta el Proyecto de Trazado y su Estudio de Impacto Ambiental a informe de los Departamentos Ministeriales a los que pueda afectar.
5.- Ordenar que, de acuerdo con el artículo 37 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, modificada por Ley 9/2018, de 5 de diciembre, se realicen consultas a las Administraciones Públicas afectadas y a las personas interesadas.
6.- Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana que lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el "Boletín Oficial del Estado" y en un diario de amplia circulación de la provincia de Castellón.
7.- Ordenar que, por la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana, se señale el lugar de exhibición del expediente, que en todo caso deberá estar a disposición de las personas que lo soliciten a través de medios electrónicos en la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de acuerdo con el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En consecuencia, de acuerdo con lo ordenado por la Dirección General de Carreteras, se someten el citado Proyecto y su estudio de impacto ambiental a información pública durante un plazo de treinta (30) días hábiles contados a partir del primer día hábil siguiente al de la última fecha de la publicación reglamentaria en el "Boletín Oficial del Estado" y en un diario de gran tirada de la provincia de Castellón.
La documentación del Proyecto podrá ser consultada, en días y horas de oficina, en la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana, con sede en València, C/ Joaquín Ballester, n.º 39, primera planta (con cita previa que deberá ser solicitada por correo electrónico a ppo1.dgc.dv@mitma.es o por teléfono 96.307.95.25), en la Unidad de Carreteras de Castellón, con sede en Castellón, Ronda Mijares, 114-entresuelo (teléfono 96.422.05.54),en el Ayuntamiento de Morella, y en la dirección Web del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana https://www.mitma.es/el-ministerio/buscador-participacion-publica
Entre los documentos que se someten a examen figura copia de la aprobación provisional del Proyecto de Trazado y su estudio de impacto ambiental.
Durante el expresado plazo, y en virtud de la legislación indicada, podrán presentar por escrito dirigido a la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana por cualquiera de los sistemas señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las alegaciones y observaciones que estimen oportunas en relación con el Proyecto de Trazado y el Estudio de Impacto Ambiental. Las observaciones relacionadas con el artículo 12.6 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras deberán versar sobre las circunstancias que justifican la declaración de interés general de la carretera y sobre la concepción global de su trazado.
Asimismo, en cumplimiento de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, se informa que los Proyectos de Trazado están sujetos a un proceso de evaluación de impacto ambiental que será resuelto por la Secretaría de Estado de Medio Ambiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Lo que se comunica para su general conocimiento.
València, 15 de octubre de 2020.- El Ingeniero Jefe de la Demarcación, José Vte. Pedrola Cubells.
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