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Edicto
D./Dª. Maria José Fernández Fueyo, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de Primera Instancia N.º 2 de Oviedo,
Por el presente, Hago Saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el CNA 514/20 y NIG nº 33044 42 1 2020 0005545, se ha dictado en fecha 18/09/2020 Auto de declaración de concurso voluntario y abreviado de persona física no empresario, acordando, asimismo, la conclusión del concurso por insuficiencia de la masa, relativa a:
Identidad del concursado: Julio Vigil Freije.
D N I: 09441292E
Estado civil: Soltero
Domicilio: C/ Maximiliano Arboleya, Nº 27, 7º B Oviedo
2º.- Que en la citada resolución se le hace saber al deudor, que tiene un plazo de 15 días hábiles procesales a contar desde el siguiente al de la notificación de la presente resolución para solicitar el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho por medio de escrito
3º.- Se ordena anunciar la declaración de concurso en el Boletín Oficial del Estado por el trámite de urgencia, en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal, librar exhorto al Registro Civil de Oviedo, y notificar la existencia del proceso y la declaración del concurso a la Agencia Tributaria, Tesorería General de la Seguridad Social y a los Servicios Tributarios, así como al Juzgado Decano de Oviedo a los efectos oportunos.
Oviedo, 20 de octubre de 2020.- La Letrado de la Administración de Justicia, María José Fernández Fueyo.
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