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Documento BOE-B-2020-40748

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia por el que se publica la Resolución del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana por la que se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el Proyecto de Trazado de la modificación núm. 2 de las obras: "Autovía A-57. Tramo: Vilaboa – A Ermida" Provincia de Pontevedra. Clave: 12-PO-4200.

Publicado en:
«BOE» núm. 298, de 12 de noviembre de 2020, páginas 54095 a 54096 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-B-2020-40748

TEXTO

El Secretario de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, por delegación (Orden FOM/1644/2012, de 23 de julio), con fecha 26 de octubre de 2020 ha resuelto:

1. Declarar que el expediente de Información Pública reseñado en el asunto cumple con lo preceptuado en el artículo 12 de la vigente Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras y los artículos 32, 33 34 y 35 del vigente Reglamento de Carreteras (R.D. 1812/1994 de 2 de septiembre).

2. Aprobar el expediente de Información Pública del Proyecto Modificado Nº 2 de las obras "Autovía A-57. Tramo: Vilaboa – A Ermida".

3. Aprobar definitivamente el Proyecto de Trazado de la Modificación nº 2 de las obras "Autovía A-57. Tramo: Vilaboa – A Ermida".

4. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia dé traslado de la presente Resolución según lo dispuesto en los artículos 4 y 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

5. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el Boletín Oficial del Estado.

6. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia la incoación del Expediente de Expropiación de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras, teniendo en cuenta, en su caso, lo indicado en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, modificado por la Ley 11/ 1996 de 27 de diciembre.

7. Corregir la relación de bienes y derechos con las modificaciones y especificaciones puestas de manifiesto en el Expediente de Información Pública relativos a modificación de datos del titular de la parcela o modificación de superficie con el fin de componer una relación de bienes y derechos que recoja el resultado de la información pública, de acuerdo con lo indicado en el punto 8.a) de la presente Resolución.

8. Que en la redacción del Proyecto de Construcción de la Modificación nº 2 de las obras "Autovía A-57. Tramo: Vilaboa – A Ermida" se tengan en consideración los siguientes aspectos:

a. Excluir de la Relación de Bienes y Derechos afectados, las fincas sombreadas en marrón que se ven en la imagen correspondiente a la pág. 607 de 696 del Anejo de Expropiaciones y cuya relación figura en el Anejo Nº 20 "Expropiaciones e Indemnizaciones", en su Anejo IV "Restauración concesión actividades Mineras "la Xinde" bajo el epígrafe RBD Mina Xinde que correspondían a la superficie de la recuperación ambiental de dicha concesión.

b. Asimismo, se excluirán de la relación de Bienes y Derechos afectados los terrenos correspondientes a los primeros 100 m del Camino de servicio C.S.T. P.K. 0+970.

c. Se atenderán las prescripciones de la Dirección Xeral de Mobilidade en relación con el traslado de la parada de transporte público.

d. Se solicitará a Augas de Galicia, en su momento, la autorización correspondiente.

e. Los nuevos trazados de las carreteras provinciales deberán cumplir, como mínimo, los criterios técnicos básicos establecidos en el "PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA OS PROXECTOS DE SEGURIDADE VIARIA NA REDE PROVINCIAL. (Núm. 102 martes, 29 de maio de 2018 102 BOPPO" y antes de la finalización de las obras deberá suscribirse un convenio para la adecuada conservación y explotación de la carretera.

f. En el proyecto de construcción se estudiará con detalle la restitución de los caudales interceptados por las obras a los cauces naturales.

g. En el proyecto de construcción se estudiará y en su caso se definirá la reposición de los servicios de abastecimiento y riego, afectados por las obras. No obstante, el Ministerio mantiene la potestad de elegir entre la reposición y la indemnización si lo considera oportuno.

h. En el proyecto de construcción se estudiará la reposición de los accesos existentes a las fincas afectadas de manera que las condiciones resultantes no sean inferiores a las actuales.

i. Habrá de tramitarse y obtenerse la correspondiente autorización por parte de ADIF.

j. El proyecto de construcción establecerá las protecciones correspondientes en la interferencia con la línea de REE mediante gálibos, debiéndose mantener durante las obras la adecuada coordinación con los técnicos de dicha empresa.

k. Se hará constar en el Proyecto de Construcción la obligación de efectuar durante la ejecución de las obras la correspondiente coordinación con los propietarios y/o usuarios de los servicios afectados, y más concretamente con los usuarios de los servicios de abastecimiento de agua potable a través de traídas de aguas particulares, de cara a la minimización de las afecciones. Llegado el caso se podrá optar por la reposición o la expropiación de acuerdo con el artículo 17 de la vigente Ley de Carreteras.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Ministro del Departamento o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional. El plazo para interponer dichos recursos es, respectivamente de uno (1) o dos (2) meses a partir del día siguiente al de la publicación de aquella en el "Boletín Oficial del Estado", sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

A Coruña, 5 de noviembre de 2020.- Ingeniero Jefe de la Demarcación, Ángel González del Río.

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