Doña M.ª José Roig Sapiña, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de VALENCIA, por el presente,
Hago saber:
Que en este Juzgado se siguen autos de concurso ordinario [CNO] - 000581/2019 voluntario, del deudor Concursado Alejandro Nagore Juncadella, con DNI. 44.868.347Q y domicilio en la Calle Francesc Borja Moll, n.º 13, 3.ºA, de Palma de Mallorca, en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 3 de noviembre de dos mil veinte por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, D. Jacinto Talens Segui por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones así como por auto de fecha 21/10/2020 se ha acordado la concesión del beneficio provisional de exoneración del pasivo insatisfecho, que tendrá una duración de 5 años, con todos los efectos previstos en el fundamento de derecho tercero de la resolución. El deudor, caso de ser persona natural, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (artículos 483, 484 y 485 TRLC, antes artículo 178 de la LC.)
Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.
Valencia, 16 de noviembre de 2020.- Letrada de la administración de Justicia, M.ª José Roig Sapiña.
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