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Documento BOE-B-2020-45782

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 318, de 5 de diciembre de 2020, páginas 60504 a 60504 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-45782

TEXTO

Edicto

Doña Alicia de la Torre Duñaiturria, la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Girona,

Hago saber:

Que en el Concurso voluntario n.º 718/11, se ha acordado mediante diligencia de esta fecha la firmeza del auto de fecha 11/082020 cuyo contenido es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva

Declaro cumplido íntegramente el convenio suscrito por la parte concursada Graciela Chetrit Russi con sus acreedores y que fue aprobado por sentencia de 17 de abril de 2013.

Publicación de esta resolución: Esta resolución se publicará en el Registro Público Concursal y en el Boletín Oficial del Estado y, a tal efecto, se remitirán los correspondientes edictos con las menciones indispensables que establece el art. 23.1 LC. La inserción del edicto en el BOE será gratuita y será remitido por vía telemática desde este Órgano judicial y, si ello no fuera posible, será entregado al procurador de la concursada, quien deberá remitirlo de inmediato y acreditar ante este Órgano su presentación en el plazo de cinco días a contar desde la entrega para su diligenciamiento.

Modo de impugnación: Recurso de Reposición ante este Órgano judicial, mediante un escrito que se debe presentar en el plazo de cinco días, contados desde el siguiente al de la notificación, en el que se debe expresar la infracción en que haya incurrido la resolución. Además, se debe constituir, en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Órgano judicial, el depósito a que se refiere la DA 15.ª de la LOPJ reformada por la LO 1/2009, de 3 de noviembre, y acreditarse debidamente. Sin estos requisitos no se admitirá la impugnación. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (arts. 451 y 452 de la LEC).

Lo acurdo y firmo.

El Magistrado

En cumplimiento del Real decreto 3/09 de 27 de marzo en relación con la disposición transitoria 2.ª la publicidad en el BOE será gratuita de conformidad a la nueva redacción dada al art. 23.1 de la L.C.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal, expido el presente en

Girona, 1 de septiembre de 2020.- La Letrada de la Adminsitración de Justicia, Alicia de la Torre Duñaiturria.

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