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Documento BOE-B-2020-46804

REQUENA

Publicado en:
«BOE» núm. 325, de 14 de diciembre de 2020, páginas 61926 a 61927 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2020-46804

TEXTO

Paula Almudever Llacer, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Requena,

Hago saber:

Que en la Pieza de incidente concursal (artículo 192 LC) - [192] -000973/2018 – 0006 dimanante del Concurso Abreviado nº 973/18 promovido por la Procuradora señora García, en nombre y representación de los concursados Carlos Giménez Giménez y Josefa Carreras Martínez, se ha dictado la sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva copiados literalmente dicen como sigue:

"Sentencia nº 147/2020. En Requena, a 9 de noviembre de 2020.

Vistos por mí, Don David Cabrera Gutiérrez, Magistrado Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 4 de Requena y su partido, los presentes autos de incidencia concursal 973/18, donde aparecen en calidad de concursados Carlos Giménez Giménez y Josefa Carreras Martínez, representados por la Procuradora señora García García y asistidos por el Letrado señor Tarrazona López, siendo el Administrador concursal y en base a los siguientes:

Parte Dispositiva

Estimo íntegramente la demanda presentada por la Procuradora señora García García, en nombre y representación de Carlos Giménez Giménez y Josefa Carreras Martínez, dando lugar a incidente concursal, con los siguientes pronunciamientos:

1.- Declaro la Conclusión del Concurso de Carlos Giménez Giménez y Josefa Carreras Martínez y el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos de los concursados ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.

2.- Declaro el Cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de los deudores concursados hasta ahora subsistentes.

3.- Declaro el Cese de la Administración concursal, integrada por don Hipólito Fernández Carrero, que deberá rendir cuentas conforme a lo previsto en el artículo 478 de la Ley Concursal.

4.- Se acuerda la extinción de los deudores Carlos Giménez Giménez y Josefa Carreras Martínez, así como el cierre de la hoja de inscripción en todos aquellos Registros en los que consten. Librándose los mandamientos que correspondan al efecto.

5.- Hágase público, igualmente, la presente Sentencia por la que se acuerda la conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán en el tablón de anuncios de este Juzgado, en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y mandamiento al Registro Mercantil de Valencia, en la forma y con los requisitos establecidos en la Ley Concursal.

La publicación en el BOE tendrá carácter gratuito.

Contra la presente, cabe Recurso de Apelación, a interponer en el término de veinte días desde la notificación de la presente. De conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida por L.O. 1/2009 de 3 de noviembre, para admitir a trámite el Recurso de Apelación será requisito imprescindible, que al interponerlo se haya consignado en la entidad Banco Santander, y en la "Cuenta de Depósitos y Consignaciones" de este Juzgado y procedimiento, la suma de cincuenta euros (50 €).

Igualmente, para presentar recurso de apelación, deberá abonar con carácter previo la tasa judicial estatal que establecen los arts. 2 apartado e, 5 apartado f, 6, 7 y 8 de la Ley 10/12, de 20 de noviembre (BOE 21 de noviembre de 2012), mediante el modelo 696 que establece la Orden Hap/2662/2012, de 13 de diciembre (BOE 15 de diciembre de 2012).

Así por esta Sentencia, lo acuerda, manda y firma, don David Cabrera Gutiérrez, Magistrado Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Requena y su partido. Doy fe.

Publicación.- Ha sido leída y publicada la anterior sentencia por el juez que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la Letrada de la Administración de Justicia, doy fe."

Requena, 9 de noviembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Paula Almudever Llacer.

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