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Documento BOE-B-2020-4729

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Júcar, referente al acuerdo de necesidad de ocupación del proyecto de expropiación de los terrenos necesarios para instalación de una unidad SAIH en Peña del Cuerno. TM de Vilafamés (Castellón). clave: FP.712.0001/2111.

Publicado en:
«BOE» núm. 29, de 3 de febrero de 2020, páginas 6196 a 6197 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2020-4729

TEXTO

Mediante Resolución de 30 de noviembre de 2019, se aprobó por esta Presidencia el Proyecto de referencia, que tiene como objeto la necesidad de afectar dos parcelas donde se ubica una instalación SAIH y una zona de servidumbre de paso. En dicho emplazamiento, se sitúa un repetidor y un pluviómetro dotados de toda la infraestructura necesaria para su correcto funcionamiento: una torre de comunicaciones, una estructura de placas solares, un pluviómetro y dos casetas para el equipamiento de comunicaciones

La información pública del proyecto, así como la relación de bienes y derechos afectados se publicó en el Boletín Oficial del Estado de 24 de mayo de 2019, Boletín Oficial de la Provincia de Castellón de 18 de junio de 2019, Diario Mediterráneo de Castellón de 31 de mayo de 2019, tablón de anuncios de los ayuntamientos de Borriol y Vilafamés.

De acuerdo con lo establecido en el art. 17.2 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, en los proyectos de obras que comprendan la descripción de manera detallada de los bienes y derechos afectados se entenderá implícita la necesidad de ocupación.

Mediante Real Decreto 1/2016, de 8 de enero (BOE del 19), se aprobó el Plan Hidrológico de Cuenca de la Demarcación Hidrográfica del Júcar (ciclo 2015-2021) donde se recoge en su anexo 10 Programa de Medidas (08M586), el mantenimiento, conservación y explotación de estaciones de control del Sistema Automático de Información Hidrológica.

La aprobación del citado Plan Hidrológico lleva implícita la declaración de utilidad pública de la citada medida (art. 44.2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas de 20 de julio de 2001). En este mismo sentido el art.36.5 de la Ley 10/2001, de 5 de julio del Plan Hidrológico Nacional reconoce el interés general y la utilidad pública de las de las obras relacionadas con el mantenimiento y la explotación del Sistema Automático de Información Hidrológica de la Cuenca Hidrográfica del Júcar.

Visto el artículo 98 de la Ley de Expropiación de 16 de diciembre de 1954, y el artículo 33K del Real Decreto 927/ 1988 de 29 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Administración Publica del Agua y de la Planificación Hidrológica, y una vez cumplidos los tramites que establece la Ley de Expropiación Forzosa, la Presidencia de este Organismo, declara la necesidad de ocupación de los bienes y derechos para poder ejecutar la obra de referencia:

RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS

T.M.

POL.

PARC.

SUPERF.CATASTRO(m²)

SUPERF.EXPROP. (m²)

SUPERF.SERVIDUM.DE PASO m2

NATURALEZA/APROVECHA-MIENTO

1

Vilafames(Castellón)

11

83

23.948

105

772

RUSTICOIMPRODUCTIVO

2

Borriol(Castellón)

1

6

28.382

---------

327

RUSTICOMATORRAL

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la misma, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana o potestativamente, recurso de reposición ante el órgano que dicta el presente acto, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución.

Valencia, 16 de enero de 2020.- Presidente, Manuel Ignacio Alcalde Sánchez.

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