Edicto
El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Bilbao, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 1126/2020 referente al/a la concursado/a BIOK OBRAS Y PROYECTOS, S.L., con NIF número B95471488, por auto de fecha 30 de noviembre de 2020 se ha acordado lo siguiente:
1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del/de la concursado/a.
2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del/de la concursado/a sobre la masa activa.
3.- Se ha declarado disuelta la concursada y se ha cesado en su función a sus administradores sociales, que serán sustituidos a todos los efectos por la Administración concursal.
4.- La misma resolución ha acordado que una vez se apruebe el plan de liquidación, se abra la sección sexta de calificación del concurso.
Dentro de los diez días siguientes a la última publicación que se dé a la resolución que acuerde la formación de dicha sección, cualquier acreedor o persona que acredite interés legitimo podrá personarse y ser parte en la misma y, en su caso alegar por escrito cuanto considere relevante para que la administración concursal o el Ministerio Fiscal puedan fundar la calificación del concurso como culpable.
Bilbao, 30 de noviembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Fernanda Abiega Gil.
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