Edicto.
Doña Jara Naya Alfranca, Letrada de la Administración de Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 (Mercantil) de Teruel, por el presente,
Hago saber:
1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I del Concurso 32/2016, se ha dictado en fecha 17 de diciembre de 2020, Auto de conclusión de Concurso voluntario abreviado del deudor CRYP 15, S.A., con C.I.F. B-46427191, por insuficiencia de la masa activa.
2.º Se acuerda la extinción de la persona jurídica de la mercantil concursada CRYP 15, S.A., y en consecuencia líbrese mandamiento a los registros públicos correspondientes para la correspondiente cancelación de su inscripción.
Teruel, 17 de diciembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Jara Naya Alfranca.
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