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Documento BOE-B-2020-5194

ZARAGOZA

Publicado en:
«BOE» núm. 33, de 7 de febrero de 2020, páginas 6812 a 6812 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2020-5194

TEXTO

D. Carlos Artal Faulo, Letrado de la administración de justicia de Jdo.1ª.Instancia n.17 de Zaragoza, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial en la Sección 1ª del procedimiento declaración concurso necesario 3/2020 y nig nº 5029742120190025049, se ha dictado en fecha 22 de enero del 2020 auto 29/2020 de declaración de concurso y conclusión del deudor Sergio Revuelto Gil, con nif nº 17740418N, cuyo domicilio lo tiene en calle Poeta Marco Marcial nº 6 entresuelo 2ª Zaragoza.

2º.- Se ha designado, como Administración concursal a la mediadora Carmen Arasanz Fumanal, con nif 18013882Y con domicilio en Calle Alfonso l nº 16 3º b Zaragoza y dirección de correo electrónico carmenarasanz@reicaz.com.

3º.- Igualmente se ha acordado que dentro de los diez días siguientes a la publicación de esta resolución en el Registro Público Concursal, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección de calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Dentro de los quince días siguientes a la expiración del anterior plazo, sin necesidad de previa resolución judicial para el inicio de su cómputo, la administración concursal presentará un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución.

Una vez presentado el informe procederá el traslado por 10 días al Ministerio Fiscal para que informe.

4º.- Para solicitar la declaración de concurso, comparecer en el procedimiento, interponer recursos, plantear incidentes o impugnar actos de administración, los acreedores y los demás legitimados actuarán representados por procurador y asistidos de letrado. Sin necesidad de comparecer en forma, podrán, en su caso, comunicar créditos y formular alegaciones, así como asistir e intervenir en la junta.

5º.- Cualesquiera otros que tengan interés legítimo en el concurso podrán comparecer siempre que lo hagan representados por procurador y asistidos de letrado.

6º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es.

Zaragoza, 3 de febrero de 2020.- El Letrado de la Administracion de Justicia, Carlos Artal Faulo.

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