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Documento BOE-B-2020-5223

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 33, de 7 de febrero de 2020, páginas 6841 a 6841 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-5223

TEXTO

EDICTO

EL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE MÁLAGA en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,

ANUNCIA:

1º.- Que en el procedimiento número 465/2016 por auto de fecha 29 de enero de 2020 se ha declarado en concurso voluntario al deudor MARDEL PROMOCIONES Y CONSULTING INMOBILIARIO, S.L., y con CIF: B92496140, domicilio en Málaga, calle Arenal nº 19, centro de principales intereses.

2º.- Que el deudor ha sido SUSPENDIDO de sus facultades de administración y de disposición de su patrimonio, siendo ejercidas éstas por la Administración concursal.

3º.- Que la ADMINISTRACIÓN CONCURSAL la integra don RUBÉN CANDELA RAMOS, economista con DNI nº 24760050K, con DOMICILIO en Málaga y dirección postal en Málaga, calle Alameda principal 21, oficina 202, Tlf: 952060740, y con dirección de correo electrónico rubencandela@rubencandela.com que designa a los efectos de comunicación de créditos.que designa a los efectos de comunicación de créditos.

4º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de UN MES a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

Málaga, 4 de febrero de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.

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