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Documento BOE-B-2020-6135

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 13 de febrero de 2020, páginas 7933 a 7934 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-6135

TEXTO

EDICTO

M. José Hompanera González, la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 3203/2019 Sección: 1º

NIG: 0801947120198034156

Fecha del auto de declaración. 21/1/20.

Clase de concurso. CONSECUTIVO.

Entidad concursada. Jean Carlos Carneiro De Lima, con 49462254H.

Administradores concursales.

Se ha designado como administrador concursal:

Jordi Safons Vilanova, abogado, con domicilio en Avenida Diagonal 442 bis, pral, 08037 – Barcelona, y la dirección de correo electrónico: jsafons@compasconcursal.com, teléfono de contacto nº 933013033.

Régimen de las facultades del concursado. SUSPENDIDAS.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C) - Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en esta Oficina judicial // en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Se tiene por presentado Plan de Liquidación o alegaciones sobre la imposibilidad de presentar Plan de Liquidación. En ambos casos se da traslado a los acreedores por el plazo de 10 días para formular alegaciones sin que sea preciso la apertura de la sección 5ª.

Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe del art. 75 LC, al que se dará la publicidad prevista en el art. 95 LC. En tal sentido, la Administración concursal comunicará telemáticamente el informe a los acreedores de cuya dirección electrónica se tenga conocimiento.

Barcelona, 29 de enero de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, M. José Hompanera González.

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