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Documento BOE-B-2020-909

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 11, de 13 de enero de 2020, páginas 1169 a 1169 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-909

TEXTO

Xavier García Bonet, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Barcelona, al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 2547/2019 Sección: 3.

NIG: 0801947120198026918.

Fecha del auto de declaración. 28 de noviembre de 2019.

Clase de concurso. Consecutivo.

Entidad concursada. David Reig Gallego, con DNI 38091175R y domicilio en la calle Sant Antonio nº 3, 2º 2ª de Corbera de Llobregat, 08757 Barcelona.

Administradores concursales. Antonio Valls Viñas con D.N.I 52158889H y domicilio en calle Muntaner nº 250, Principal 2ª, 08021 de Barcelona. Correo electrónico: despacho@lexigest.com

Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en avenida Gran Via de les Corts Catalanes nº 111 (Edifici C). Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Se tiene por presentado Plan de Liquidación o alegaciones sobre la imposibilidad de presentar Plan de Liquidación. En ambos casos se da traslado a los acreedores por el plazo de 10 días para formular alegaciones sin que sea preciso la apertura de la sección 5ª.

Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe del art. 75 LC, al que se dará la publicidad prevista en el art. 95 LC. En tal sentido, la Administración concursal comunicará telemáticamente el informe a los acreedores de cuya dirección electrónica se tenga conocimiento.

Barcelona, 27 de diciembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Xavier García Bonet.

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