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Documento BOE-B-2021-13076

LEÓN

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 17 de marzo de 2021, páginas 16744 a 16744 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-13076

TEXTO

Edicto.

D. Heriberto Jimeno Álvarez, Letrado de la Administración de Justicia de Jdo. 1.ª Instancia n.º 8 y Mercantil de León,

Por el presente, hago Saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración concurso 0000062 /2021 y NIG n.º 24089 42 1 2021 0002459, se ha dictado en fecha 9 de marzo de 2021 Auto de Declaración de Concurso Voluntario Abreviado Consecutivo del deudor María Nieves Lorenzana González, con DNI n.º 71419999P, cuyo centro de intereses principales lo tiene en el territorio de esta circunscripción.

En el mismo Auto de declaración del concurso se ha acordado la apertura de la fase de liquidación.

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición que ejercerá la Administración Concursal. Se ha designado, como Administración Concursal al Letrado colegiado D. José Luis Alegre Fernández, con domicilio postal en el despacho CASADO&ALEGRE ASESORES ABOGADOS, en la Avenida Ordoño II n.º 3, 1.º centro, 24001- León y dirección electrónica mediacionesconcursalescya@gmail.com señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 255 del TRLC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de UN MES a partir de la fecha de publicación de este edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

4º.- Asimismo, durante los quince días siguientes a la fecha del Auto de declaración del concurso, los acreedores podrán formular observaciones sobre la concurrencia de los requisitos exigidos para acordar el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho. Los acreedores también podrán solicitar, mediante escrito razonado, la apertura de la sección de calificación.

5º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es.

 

León, 12 de marzo de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Heriberto Jimeno Álvarez.

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