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Documento BOE-B-2021-14063

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 70, de 23 de marzo de 2021, páginas 18003 a 18003 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-14063

TEXTO

Edicto

Doña Eugenia López-Jacoiste, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 18 de Madrid,

Hace saber:

1.-Que en el Concurso Abreviado 37/2021, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2021/0027838, por auto de fecha 10/03/2021, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a la mercantil EXTERNAL CREW, S.L., con CIF número B-88221551 y domiciliado en Plaza José Moreno Villa, n.º 2, 1.º C, 28008 Madrid.

2.-Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración Concursal.

3.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el TRLC por correo ordinario o en cualquiera de los medios admitidos en derecho, directamente, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado, en el domicilio de la Administración Concursal que es el siguiente:

Eloy Rodríguez Esmerats.

Despacho profesional: C/ Hermosilla, n.º 48, 1.º dcha. 28001 Madrid.

Teléfono: 912906973, 617088120.

Email: eloy@syrlegal.com

4.-El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

5.-Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.-Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

7.-Que se ha procedido a la apertura de la fase de Liquidación del concurso a petición del deudor acordándose la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre el patrimonio.

Madrid, 16 de marzo de 2021.- Letrada de Administración de Justicia, María Eugenia López-Jacoiste Rico.

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