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El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santander, en la sesión celebrada el 12 de marzo de 2021, a propuesta de la Dirección, acordó autorizar la modificación sustancial de la concesión administrativa otorgada al Real Club Marítimo de Santander, por Orden Ministerial de 13 de agosto de 1934, para la construcción con carácter permanente de un edificio en la Bahía de Santander y su correspondiente embarcadero, consistente en la ampliación del plazo concesional inicial en catorce años, todo ello de conformidad con las previsiones de la Disposición Transitoria Décima del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, siendo el vencimiento de la concesión el 15 de diciembre de 2041.
Lo que se publica para general conocimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 85.7 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
Santander, 12 de marzo de 2021.- El Presidente, Francisco Luis Martín Gallego.
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