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Documento BOE-B-2021-15668

SEVILLA

Publicado en:
«BOE» núm. 76, de 30 de marzo de 2021, páginas 20081 a 20081 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-15668

TEXTO

El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla (sección 2.ª), en cumplimiento de lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley Concursal. anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 623/2020 negociado 8, con N.I.G.: 4109142120200042434, por auto de fecha 19 de marzo de 2021 se ha declarado la conclusión del procedimiento concursal de Doña Támara del Carmen Gómez Romero con DNI: 45.809.387-b, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

1.- Declarar la conclusión del concurso de Dª. TAMARA DEL CARMEN GOMEZ ROMERO.

2.- Archivar las actuaciones.

3.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso.

4.- Acordar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del concursado hasta ahora subsistentes.

5.- Acordar el cese de la administración concursal designada, debiendo comparecer a tal efecto en este juzgado en el plazo de cinco días, para devolver la credencial que le habilita como tal.

6.- Conceder el beneficio de la exoneración de la totalidad de los créditos concursales (concurrentes y no concurrentes) que no se han satisfecho durante el concurso, exceptuando los créditos de derecho público y por alimentos.

7.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal.

8.- Dar la publicidad registral necesaria prevista en los artículos 557 y 558 del Texto Refundido de la Ley Concursal, debiendo remitirse los respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la inscripción de la presente resolución.

9.- Notificar la presente resolución a las mismas personas a las que se hubiera notificado la declaración de concurso a la administración concursal, a la concursada, a las partes personadas, y a cualquiera otra a la que hubiera debido notificarse la declaración de concurso (artículo 482 del Texto Refundido de la Ley Concursal), haciéndoles saber que la misma es FIRME (artículo 481.1 del Texto Refundido de la Ley Concursal).

Así lo acuerda, manda y firma, don Pedro Márquez Rubio, Magistrado de la Sección Segunda del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla. Doy fe.

EL MAGISTRADO LA LETRADA DE LA ADM. DE JUSTICIA "

Sevilla, 19 de marzo de 2021.- La letrada de la Administración de Justicia, Ana María Gullón Gullón.

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