El Juzgado mercantil nº 9 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del Texto refundido de la Ley concursal, hace saber:
1º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 154/2021 por auto de fecha 25/03/2021 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso NEXIT GESTION EDUCATIVA, SLU, por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 249 y 474 del TRLC.
2º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación, en su caso.
3º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 485 TRLC, declarar su extinción.
Madrid, 25 de marzo de 2021.- Letrado de la Administración de justicia, Gustavo Adolfo Carasa Antón.
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